EEUU: Acciones civiles y penales contra los infractores de derechos de propiedad intelectual en Internet

  • 24 Sep, 2019
  • Instituto Autor
EE. UU.Internet

Luis Mª Benito Cerezo. 

El 27 de agosto de 2019, ocho administradores de páginas web fueron formalmente acusados, por un gran jurado federal, de conspiración para infringir la ley de propiedad intelectual.

De acuerdo con el escrito de acusación, los acusados administraban dos páginas webs en las que, sin autorización de los titulares de derechos, se ponía a disposición del público obras y prestaciones protegidas por los derechos de propiedad intelectual. En concreto, en una de las páginas webs se comunicaban públicamente más de 183.000 episodios de series, mientras que en la otra, además de más de 115.000 episodios de series, también estaban disponibles más de 10.000 películas. De hecho, en esta segunda página se aseguraba ofrecer más contenido que Netflix, Hulu, Vudu y Amazon Prime.

Las páginas webs infractoras funcionaban como un servicio de suscripción que permitía acceder a todo el contenido a cambio del pago periódico de una cuota. Las obras comunicadas sin autorización no sólo podían ser visualizadas en streaming, sino que, en ocasiones, también se permitía su descarga.

Según la fiscalía, los acusados utilizaban herramientas informáticas que, de manera automática, rastreaban otras páginas webs infractoras en búsqueda de nuevo contenido ilegal que descargar y poner a disposición en sus propios servidores, para sus suscriptores en EEUU y Canadá. De esta forma, las páginas webs controvertidas han llegado a poner a disposición del público películas y series antes de su estreno oficial.

Por estos motivos el gran jurado ha acusado a los administradores de infracción de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública, así como por blanqueamiento de capitales.

Por otro lado, también el 27 de agosto, un grupo de 17 compañías discográficas, que incluye a Universal, Sony Warner y Capitol Records, ejercitó una acción civil contra el proveedor de servicios de Internet (ISP) RCN ante el Tribunal de Distrito de Nueva Jersey (U.S. District Court for the District of New Jersey). Las compañías discográficas sostienen que la pasividad de RCN ante las infracciones de derechos cometidas utilizando sus servicios, a pesar de las numerosas advertencias y notificaciones en este sentido, la hacen corresponsable de dichas infracciones.

La demanda afirma que RCN era plenamente consciente de las infracciones cometidas pues había recibido más de 5 millones de notificaciones de infracción de derechos de propiedad intelectual. Entre estos millones de notificaciones, se incluyen varias decenas de miles que se refieren a infractores reincidentes.  A pesar de ello, durante años, RCN no bloqueó las cuentas de los infractores reincidentes ni tomó ninguna acción significativa para impedir las infracciones. Por este motivo, los demandantes sostienen que la contribución de RCN a la infracción de derechos fue “extensa y voluntaria”, constituyendo un “refugio para la infracción”.

Igualmente, los demandantes afirman que RCN no puede ampararse en la excepción de responsabilidad de los ISPs prevista en elartículo 512(a) del Título 17 del Código de los Estados Unidos (puerto seguro). Para ello, conforme al apartado (i) (1) (A) del mismo artículo, se requiere que el ISP haya adoptado e implementado una política que permita la cancelación de las cuentas de infractores reincidentes. La demanda argumenta que, pese a que RCN pretende haber establecido una política de la naturaleza señalada, en realidad nunca lo hizo, pese a recibir 5 millones de notificaciones de infracciones. Por ello, los demandantes concluyen que “su supuesta política fue una farsa” y, por consiguiente, la excepción de puerto seguro no es aplicable a RCN.

En este sentido, la demanda señala que la impunidad con la que los infractores de derechos de propiedad intelectual podían operar utilizando los servicios de RCN se convirtió en un poderoso incentivo comercial que permitió a la compañía de servicios de Internet “atraer, retener y cobrar más” a sus clientes. De este modo, los demandantes consideran que RCN obtuvo un “beneficio financiero directo” proveniente de la infracción de sus derechos.

Por último, la demanda afirma que la pasividad de RCN para impedir la infracción de derechos se ha traducido en un daño “significativo e irreparable” para los demandados.

No es la primera vez que un ISP es demandado en Estados Unidos por su falta de resolución para impedir la infracción de derechos de propiedad intelectual.  Así, como informó el Instituto Autor,  en agosto de 2018 el proveedor de servicios de Internet Cox Communications llegó a un acuerdo con BMG, que puso fin a una demanda interpuesta por este mismo motivo, después de que la justicia estadounidense aceptara en lo esencial los argumentos de BMG en varias instancias.

Fuentes: Nota de prensa del Departamento de Justicia de los EEUU, Escrito de acusación, Demanda contra RCN, Título 17 Código de los EEUU, Instituto Autor (Bertelsmann Music Group llega a un acuerdo económico con Cox Communications).

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