Estados Unidos: El Departamento de Comercio Estadounidense publica el Informe Especial 301
- 5 May, 2017
Miguel Ángel Aguayo Martínez.
El Departamento de Comercio del Gobierno de Estados Unidos, conocido por sus siglas en inglés como “United States Trade Representative” (en adelante, USTR) ha publicado su informe anual “Special 301 Report”, en el que año a año analiza el grado de protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial en todos los países del mundo. España, tras encontrarse durante el período comprendido entre 2009 y 2011 en la conocida como “Watch list”, en el informe de 2017 ha conseguido abandonar esta lista de forma definitiva, como consecuencia de las diferentes medidas legislativas adoptadas para combatir el acceso ilícito a contenidos protegidos.
En concreto, el informe “Special 301 Report” cuenta con dos categorías principales que establecen una clasificación en función de la gravedad de la situación del país en materia de acceso ilícito a contenidos protegidos. La categoría de mayor gravedad se denomina “Priority Watch List”, en esta categoría se enumeran los países que, en opinión del USTR, tienen serias deficiencias en materia de defensa de los derechos de propiedad intelectual e industrial. La segunda categoría, en la que España se encontró en el período de 2009 a 2011, se denomina “Watch list”, en esta segunda categoría se mencionan los países en los que, en opinión del USTR, las garantías de protección de la propiedad intelectual o industrial, aun sin estar en la situación de extrema gravedad de la “Priority Watch List”, se consideran insuficientes. España consiguió abandonar la clasificación en el año 2012 con la iniciación de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (en adelante, CPI).
Y es que desde el pasado año 2012, España se ha encontrado activa en la prevención y disputa contra los accesos ilícitos, no solo ya mediante la citada Sección Segunda de la CPI, sino también con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil o la reforma del Código Penal, así como procediendo a la retirada de contenidos ilícitos, e incluso bloqueo de las webs que estaban facilitando a los usuarios estos accesos ilícitos a contenidos protegidos.
Por tanto, esto supone una noticia positiva para nuestro país en el contexto de la lucha contra los accesos ilícitos a contenidos protegidos que paulatinamente se van reduciendo, tal y como ha mostrado también el Informe “Observatorio de la piratería y hábitos de consumo de contenidos digitales 2016” publicado por la Coalición de Creadores, el cual ha reflejado que, en el pasado año 2016, los accesos ilícitos a contenidos se han visto reducidos en un 4,2%.
Aun con estos progresos, han de agilizarse los procedimientos de cara a sancionar estas conductas, así como seguir implantándose medidas como por ejemplo el “Plan Cultura 2020 contra la piratería”, el cual contempla la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, para transponer la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 , relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, así como otras múltiples medidas como destinar más recursos, tanto humanos como tecnológicos a ambas secciones de la CPI, la creación de una Fiscalía especializada en la vulneración de la propiedad intelectual, así como campañas de sensibilización a los usuarios, como por ejemplo “No piratees tu futuro” promovida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.