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España: El Ministerio de Trabajo y Economía Social inicia una consulta pública previa a la elaboración de un anteproyecto de ley orgánica para regular el uso de la inteligencia artificial generativa en el marco de la relación laboral especial de las personas artistas

  • 4 Ago, 2026
  • Silvia Pascua Vicente

Silvia Pascua Vicente

El 31 de julio de 2026, el Ministerio de Trabajo y Economía Social inició una consulta pública previa a la elaboración de un anteproyecto de Ley Orgánica para regular el uso de la inteligencia artificial generativa en el marco de la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.

Esta iniciativa tiene su origen en el mandato contenido en la disposición final quinta del Real Decreto – ley 5/2022, de 22 de marzo, que encomendó al Gobierno la aprobación de una nueva regulación de la relación laboral especial de las personas artistas y del personal técnico y auxiliar, mandato que se materializó con la aprobación del Real Decreto 607/2026, de 22 de julio.

Con carácter previo a esta consulta pública, el Ministerio de Trabajo incorporó en los borradores del Real Decreto por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales un precepto para regular el uso de la inteligencia artificial generativa (IAG) para producir contenidos en el marco del contrato artístico. No obstante, el Consejo de Estado recomendó que esta regulación se llevase a cabo mediante una norma con rango de ley orgánica, al considerar que el uso de la IAG puede incidir en derechos fundamentales como la intimidad y la protección de datos personales reconocidos en el artículo 18 de la Constitución Española. Como consecuencia, dicha propuesta fue finalmente suprimida del Real Decreto 607/2026.

De acuerdo con el documento de la consulta previa, esta tiene por objeto la elaboración de un anteproyecto de ley orgánica que disponga las reglas especificas relativas al uso de la IAG para la creación de contenidos a partir de la imagen o la voz de las personas trabajadoras artistas incluidas en el ámbito de la relación laboral especial.

En este sentido, se prevé establecer un marco jurídico específico para el uso de la IAG en el contrato artístico que, por un lado, garantice los derechos de las personas trabajadoras y, por otro, permita el desarrollo y la utilización de esta tecnología por parte de las empresas.

Por ello, se prevé reforzar el papel de la negociación colectiva para garantizar un uso adecuado de la IAG, así como favorecer el desarrollo, concreción y regulación de las condiciones de trabajo en ámbitos más específicos, de manera que dicho uso resulte respetuoso con la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual, protección de datos e inteligencia artificial.

Esta normativa será de aplicación para las personas trabajadores incluidas en el capítulo II del Real Decreto 607/2026 y limitará los usos de los contenidos generados mediante inteligencia artificial, con el fin de garantizar los derechos de las personas trabajadoras y, al mismo tiempo, permitir el desarrollo y la utilización de esta tecnología por parte de las empresas.

Asimismo, se regularán las modalidades de utilización de los sistemas de IAG en el marco de la relación laboral artística, siempre que dicho uso tenga lugar en ejecución del objeto del contrato de trabajo, quede limitado a este y se circunscriba a la obra para que la que el contrato fue suscrito. Cuando se permita expresamente la generación de réplicas digitales o de nuevos contenidos reconocibles, se reforzará la seguridad jurídica y la protección de las personas artistas mediante el establecimiento de garantías adicionales.

La utilización de la propia imagen o voz de la persona artista, o de los resultados de la actividad contratada mediante sistemas de IAG, fuera de los supuestos previstos en la futura normativa únicamente podrá llevarse a cabo en el marco de un contrato de trabajo cuando exista el consentimiento previo y un acuerdo expreso de la persona trabajadora, así como una remuneración diferenciada de la prevista en el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, en el propio contrato de trabajo.

Por otro lado, se establece que la regulación prevista se ajustará a la normativa Reglamento 2024/1689 por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial), alineándose con las exigencias de transparencia, de trazabilidad e identificabilidad del contenido generado mediante inteligencia artificial, así como en las medidas de protección frente a la suplantación y las prácticas prohibidas previstas en dicha norma.

Asimismo, el anteproyecto abordará la utilización de datos personales, estableciendo límites y garantías para su tratamiento, y encomendará a la negociación colectiva el establecimiento de garantías adicionales en esta materia.  

Por último, se incluirá la creación de una comisión de trabajo para el análisis y seguimiento de la regulación del uso de la IAG en el sector artístico.

El plazo para la presentación de apartaciones termina el 14 de agosto de 2026.

Fuentes:  Ministerio de Trabajo y Economía Social (Consulta pública previa a la elaboración de un anteproyecto de ley orgánica para regular el uso de la inteligencia artificial generativa en el marco de la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad), Instituto Autor (España: Se publica el Real Decreto 607/2026 por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas, técnicas y auxiliares en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales; España: El Ministerio de Trabajo y Economía Social inicia el plazo de audiencia e información pública sobre la propuesta de Real Decreto que regulará la relación laboral de personas artísticas, técnicas y auxiliares en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales).

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