Francia: Un Tribunal de Apelación se pronuncia sobre la protección por el derecho de autor de varias fotografías de productos cosméticos

  • 23 Abr, 2021
  • Instituto Autor
FotografíaFranciaJurisprudencia

Dune Gerin.

El 22 de enero de 2021, el Tribunal de Apelación de Paris (Cour d’appel de Paris) se ha pronunciado sobre la protección por derechos de autor de fotografías de productos cosméticos. En su decisión, el juez declaró que los fotógrafos profesionales no pueden impedir la reproducción de sus fotografías realizadas según instrucciones muy precisas del cliente sobre otros soportes no previstos en el contrato. 

Como señalan los hechos del fallo, a principios del año 2013, un fotógrafo profesional fue solicitado por una sociedad de producción publicitaria con el fin de realizar imágenes para una marca de cosméticos y perfumes. Se trataba de «packshots» es decir, de «fotos de identificación de productos». A tal efecto, realizó cuatros fotos de una barra de labios y tres fotos de una máscara de pestañas, por los cuales concedió a la productora los derechos de prensa, web y merchandising por un periodo de un año. Sin embargo, en septiembre de 2016, el fotógrafo observó que la marca de cosméticos seguía explotando las fotos para ilustrar los productos de maquillaje en cualquier soporte, así como para una campaña publicitaria.

Ante esta situación, tras notificar la infracción a la empresa e intentar llegar a un acuerdo, el fotógrafo interpuso una demanda contra la empresa de cosméticos por infracción de los derechos de autor, ordenándole el cese de la explotación que reproducía sus fotos y una indemnización por el perjuicio sufrido. El demandante considera que las fotos son protegibles por la propiedad intelectual porque son originales, ya que no son una representación fiel de los objetos fotografiados, sino una representación idealizada y fantaseada que refleja su personalidad.

En una decisión del Tribunal de primera instancia (Tribunal de grande instance de Paris) emitida el 4 de abril de 2019, el juez rechazó la demanda de infracción de derechos de autor, considerando que las fotos no eran originales debido a la importancia de las directrices impuestas por el cliente para su producción. Por ello, el demandante recurrió en apelación.

Por su parte, el Tribunal de Apelación señala que el “brief” de la marca de cosméticos para la realización de las fotos contiene instrucciones muy precisas y detalladas, acompañadas de ejemplos de presentación del producto, para ilustrar los resultados esperados. En este sentido, las elecciones supuestamente tomadas por el fotógrafo, como los efectos de contraste, la puesta en escena, la orientación del producto o el encuadre, no son el resultado de decisiones arbitrarias del fotógrafo, sino de indicaciones precisas del cliente. En cuanto al trabajo de postproducción y retoque, no parece deberse a una predisposición del fotógrafo, sino a un «trabajo técnico destinado a conseguir el resultado deseado» por la empresa. Por lo tanto, el demandante no incluyó elecciones personales y arbitrarios del sujeto «traduciendo su propio enfoque e investigación estética, revelando sus habilidades personales y su sensibilidad«.

En conclusión, el Tribunal desestimó las reclamaciones de infracción de derechos de autor, y condenó al fotógrafo a pagar 2.500 euros a la marca de cosméticos.

 

Fuentes: Fallo (Cour d’appel de Paris, Pôle 5, chambre 2, 22 janvier 2021 – n°19/10814), UGGC Avocats (Commande de photographies: pas de contrefaçon lorsque les tirages proviennent de directives précises du client), Cyberdroit (Exploitations de photographies au delà de la durée prévue par le contrat).

Volver arriba