Francia: Un tribunal se pronuncia sobre la reproducción de obras musicales en una caja de música

  • 16 Jun, 2023
  • Leire Gutierrez Vázquez
Caja de músicaFranciaJurisprudencia

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 8 de marzo de 2023, el Tribunal de Casación de Francia (Cour de cassation), se pronunció (No 22-13.854) sobre la vulneración del derecho moral del autor de varias obras musicales que estaban siendo reproducidas y comercializadas como parte de una caja de música. El asunto enfrenta como demandante a Georges El Assidi, heredero de las canciones objeto de litigio tras la muerte del autor, y como demandado a PML, empresa dedicada a la fabricación de cajas de música de manivela.

Como señalan los hechos del fallo, las obras musicales objeto de litigio – “Douce France«, «Y a d’la joie», «Je chante» y «La Mer» – fueron creadas por el autor Charles Trenet (1913-2001), renombrado cantante, compositor y letrista francés. En vida, el autor de las obras cedió los derechos económicos sobre sus obras a su editor musical, Editions Raoul Breton. Post mortem, todo su patrimonio (incluidos los derechos morales sobre sus obras musicales) fueron heredados por Georges El Assidi, demandante del asunto.

En el año 2016, PML comenzó a fabricar cajas musicales con las canciones del autor Charles Trenet, para lo que obtuvo una licencia de la SACEM (Société des auteurs, compositeurs et éditeurs de musique), entidad francesa que gestiona los derechos de los autores y editores de música, y de la que Editions Raoul Breton es socio como editor. Esta licencia permitía la reproducción de las obras citadas a través del pago de una remuneración fijada en las tarifas de la entidad. Tras descubrir que las cajas musicales de PML reproducían las canciones de Trenet, el demandante presentó una demanda contra PML ante el Tribunal de Primera Instancia de París por vulneración de los derechos morales del autor de las canciones, en particular sobre la vulneración del derecho a la integridad de la obra.  

En primera instancia, el tribunal desestimó la demanda, al señalar que la reproducción de las obras musicales en las cajas musicales solo afectaba al derecho de reproducción, que estaba cubierto por una licencia de SACEM. A la luz de lo anterior, el demandante interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelación de París (Cour d’appel de Paris), que emitió su decisión el 3 de diciembre de 2021 (N.º 20/04760).

En base a lo establecido en el art. L.121-1 de la Ley de Propiedad Intelectual de Francia (Code de la propriété intellectuelle), el Tribunal de Apelación de París señaló que el autor tiene derecho a que se respete la integridad de su obra, siendo este derecho perpetuo, inalienable e imprescriptible. En este sentido, el fallo de apelación – a favor del demandante – estableció que la melodía de las cajas musicales «son un arreglo musical sin palabras [y] constituye una simplificación extrema de la melodía original«. Además, añadió que la melodía podía ser “cambiante” a medida que se daba una velocidad u otra a la manivela de la caja de música, pudiendo hasta hacerla “irreconocible”. Finalmente el tribunal de apelación estableció que había una alteración significante en la melodía de la caja de música, lo que implicaba que se tenía que haber pedido una autorización (licencia) al derechohabiente de la obra para su modificación y posterior reproducción en las cajas de música.

No conforme con el fallo, el demandado interpuso un recurso de casación afirmando que “el tribunal de apelación no podía afirmar que las cajas de música en cuestión vulneraban el derecho moral del autor”, y que la melodía “variaba según la velocidad de la manivela de la caja de música”.

Finalmente, el Tribunal de Casación confirmó la sentencia del Tribunal de Apelación de París “al constatar que la melodía producida por las cajas de música en cuestión era un arreglo musical sin palabras que constituía una simplificación extrema de la melodía original, que variaba notablemente según la velocidad y que podía resultar inaudible”, y añadiendo que “el tribunal de apelación acertadamente dedujo que esta excesiva simplificación, que no permitía recuperar la riqueza y textura de la música original, transformaba y trivializaba la obra, y no era una simple reproducción fragmentada de las obras para las cuales las autorizaciones de la SACEM y la sociedad Editions Raoul Breton eran suficientes, por lo que legítimamente concluyó que este arreglo musical particular violaba el derecho moral del autor y requería su autorización o la del titular de sus derechos”.

En vista de lo anteriormente expuesto, rechazó el motivo argumentado por la parte actora del recurso de casación, condenándola en costas.

 

Fuentes: Cour de cassation (No 22-13.854), Code de la propriété intellectuelle (art. L.121-1).

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