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Internacional: Representantes de la industria musical publican una carta abierta sobre los usos de inteligencia artificial en contratos del sector de la música

  • 10 Ago, 2026
  • Manuel Cahuana Bolarte

Manuel Cahuana Bolarte.

El 22 de junio de 2026, representantes de la industria musical, entre las que se incluyen la Organización Internacional de Artistas (International Artists Organisation), la Alianza Europea de Compositores y Autores de Canciones (European Composer and Songwriter Alliance) o el Foro de Mánagers en España (FORMA), publicaron una carta abierta,  señalando que las grandes corporaciones del sector están pactando unilateralmente acuerdos de inteligencia artificial (IA) sin consultar a los autores y artistas intérpretes o ejecutantes sobre la disposición de sus derechos e imagen.

Esta iniciativa fue coordinada por la Alianza Europea de Gestores Musicales (European Music Managers Alliance) y respaldada por varias asociaciones sectoriales de todo el mundo, publicada poco después de que la Federación de Músicos de Estados Unidos y Canadá (American Federation of Musicians) demandara a dos productores de fonogramas, alegando que ambas licenciaron grabaciones de autores y artistas a dos empresas de generación de audio con IA sin compensación ni crédito alguno.

Como recoge la carta, las entidades reiteran que los autores y artistas son los titulares de sus derechos de propiedad intelectual, incluidos los derechos morales y de explotación, sin que las productoras ni las editoriales puedan ceder estos derechos a terceros, en este caso a empresas de IA, sin la debida autorización.

Por un lado, como recoge el comunicado de prensa, las entidades denuncian que los autores y artistas con contratos de grabación y edición vigentes están recibiendo comunicaciones de productoras y editoriales informándoles de que quedarán incorporados por defecto a usos vinculados a la IA, sin poder rechazar estos usos. Por otro, señala que quienes firman nuevos contratos, observan cláusulas de IA como condición predeterminada en el momento de la firma, sin dar opción a negociación previa en la que el artista de su consentimiento para estos actos. Asimismo, se señala que la información sería insuficiente, sin términos claros y sin una remuneración garantizada.

Sobre esa base, la carta articula tres principios que desde la industria musical reclaman que se respeten por las productoras de fonogramas, editoriales, responsables políticos, empresas de inteligencia artificial y prestadores de servicios digitales.

En primer lugar, exigen un consentimiento activo y específico previo a cualquier uso de una obra, voz, interpretación, imagen o identidad creativa, que no puede quedar relegado en cláusulas contractuales genéricas ni extenderse a perpetuidad, ni imponerse mediante adhesiones por defecto o como condición de la firma, garantizándose la posibilidad de negarse sin ningún tipo de represalia.

En segundo lugar, reclaman una remuneración equitativa y significativa para quienes decidan participar, con transparencia sobre qué porcentaje de los ingresos corresponde al creador, al sello y a la empresa de IA.  

En tercer lugar, exigen que las solicitudes sean específicas en cuanto a su finalidad y que se facilite información clara, oportuna y comprensible sobre los derechos afectados, los usos permitidos, las salvaguardias, la duración del permiso y el modo de retirar el consentimiento.

Por último, la carta abierta concluye que en un momento en que se está revisando la normativa de derechos de propiedad intelectual para responder al avance de la inteligencia artificial, la protección de los derechos, las voces y la remuneración de artistas y compositores no puede ser objeto de negociación.

Fuentes: European Music Managers Alliance (Open Artists And Songwriters Must Not Be Pressured Into AI Deals Without Meaningful Consent – Open Letter), Music Business Worldwide (Irving Azoff’s Music Artists Coalition among 31 groups warning against ‘misuse’ of artist and songwriter rights in AI deals; American Federation of Musicians of the United States and Canada v. Warner Music Group Corp, U.S. District Court for the ⁠Southern District ​of New York, No. 1:26-cv-04760).

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