La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos reabre el caso de plagio de la canción “Stairway to Heaven”

  • 24 Oct, 2018
  • Leire Gutierrez Vázquez
EE. UU.Industria MusicalJurisprudenciaMúsica

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 28 de septiembre de 2018 la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos ha ordenado la celebración de un nuevo juicio, con el objeto de dilucidar si la canción «Stairway to Heaven» de Led Zeppelin es un plagio de la canción “Taurus” del grupo musical Spirit. La canción fue comunicada al público por primera vez en 1971, mientras que la melodía «Taurus«, fue lanzada dos años antes, en 1968.

La demanda fue interpuesta en octubre de 2014 por Michael Skidmore guitarrista de “Spirit” y compositor de “Taurus”. Tal y como informó el Instituto Autor en su web, en junio de 2016 tuvo lugar el juicio para resolver si existía plagio por parte del grupo Led Zeppelin. Por su parte, los miembros con vida de Led Zeppelin, argumentaron que los parecidos entre las dos canciones estaban limitados a «una escala cromática descendiente de tonos«, algo que en su opinión es muy popular en el mundo de la música y no puede ser susceptible de protección parte del derecho de autor. Durante el juicio celebrado ante la Corte de primera instancia del Distrito Central de California (United States District Court for the Central District of California), el jurado popular señaló que los componentes de “Led Zeppelin” habían tenido acceso a la canción, como consecuencia de que los grupos habían realizado giras juntos entre los años 1968 y 1969, pero que los primeros compases de la canción supuestamente plagiada no eran similares a los de la canción “Stairway to Heaven”.

Michael Skidmore presentó un recurso de apelación contra la decisión del jurado ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito situada en California, solicitando que se volviese a celebrar el juicio. En el recurso presentado, Skidmore argumentaba que el jurado se había negado a escuchar la composición musical completa de “Taurus”, no pudiéndose analizar la melodía en su integridad.

En su decisión, la Corte de Apelaciones ha señalado que la decisión del jurado incurrió en varios errores procesales. En primer lugar, afirmó que la Corte de primera instancia no había dado instrucciones correctas al jurado de que la selección y la disposición de los elementos musicales calificados por el jurado como no protegibles, si eran susceptibles de protección al amparo de la legislación estadounidense sobre propiedad intelectual.

Continúa señalando que la Corte de primera instancia dio indicaciones erróneas al jurado respecto a la originalidad y la protección de las obras musicales, ya que se les indicó que las obras en dominio público no son objeto de protección por el derecho de autor. Por último, termina señalando que la Corte de Primera Instancia no dio indicaciones al jurado respecto a la regla de la relación inversa (inverso ratio rule), regla que debe aplicarse cuando el demandado hubiese tenido acceso a la obra objeto de controversia, la cual no se aplicó en este caso en el que había evidencias (conciertos juntos en 1968 y 1969) de acceso a la pieza musical.

En vista de lo anterior en los próximos meses se celebrará de nuevo el juicio.

Fuente: SKIDMORE V. LED ZEPPELIN – United States Court of Appeals for the Ninth Circuit (September 28, 2018).

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