EEUU: Laudo arbitral entre SESAC y las radios

  • 23 Ago, 2017
  • Instituto Autor
Arbitraje y MediaciónEE. UU.

Miguel Ángel Aguayo Martínez.

El pasado mes de julio de 2017, el Comité de Licencias de Radio Musical de Estados Unidos (RMLC), obtuvo un laudo arbitral por el que la gran parte de las estaciones de radio que lo componen, han obtenido una reducción retroactiva de más del 60% de las tarifas concedidas por la Sociedad de Autores y Compositores Europeos de Escena (SESAC).

El laudo, sobre cuyo contenido RMLC emitió una nota de prensa el pasado 31 de julio de 2017, ha supuesto una resolución muy ventajosa para los radiodifusores comerciales que encomendaron su representación a la RMLC el pasado año 2016, ya que han obtenido una reducción retroactiva en la tarifa de SESAC superior al 60% desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2018. Percibiendo ahora, debido a lo abonado en el pasado año 2016 a SESAC, un crédito de millones de dólares, mientras que los radiodifusores que optaron por no encomendar su representación a la RMLC, de cara a la negociación de las tarifas, únicamente percibieron un descuento del 5% con respecto la tarifa total abonada a CESAC el pasado 2015 durante los próximos 3 años, tal y como informó Broadcast Law Blog.

Además de esta reducción, tal y como establece la nota de RMLC, el laudo ha supuesto cambios en otras cuestiones como que a partir de ahora la licencia de SESAC, consistirá en un porcentaje de los beneficios en lugar de las fijadas unilateralmente por SESAC, y que para el período comprendido entre 2016 y 2018, la cuota será de un 0,2557% de los mismos ingresos netos reportados a la Sociedad Americana de Compositores, Autores y Editores (ASCAP) y Broadcast Music Inc. (BMI). También ha establecido que no existirá un mínimo para la tarifa de SESAC, y que, por primera vez, la estructura de licencias de SESAC pasará de 3 acuerdos separados a una licencia unitaria que incluirá cobertura para over-the-air, HD multicasting y streaming asimilándose así en mayor medida a los modelos de ASCAP y BMI.

No obstante, a pesar de lo expuesto, SESAC se ha mostrado satisfecha al considerar que no se han aplicado estrictamente los criterios propuestos por la RMLC para el cálculo de tarifas, el pago de SESAC sería, según la propuesta que realizó RMLC, una ponderación teniendo en cuenta el porcentaje de canciones que SESAC representa en comparación con el número mucho mayor de canciones representadas por ASCAP. Por ello, SESAC estima o bien que la tasa de ASCAP es demasiado baja, o que su repertorio posee mayor valor.

Fuentes: RMLC,Broadcast Law Blog, Music&Copyright

Volver arriba