UE: Se publica un estudio sobre la viabilidad de crear un registro comunitario de las reservas de derechos frente a la minería de textos y datos

  • 4 Sep, 2026
  • Inmaculada Poyatos Mora

Inmaculada Poyatos Mora 

El 13 de julio de 2026, la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea publicó el informe titulado «Estudio para evaluar la viabilidad de un registro de las renuncias a la minería de textos y datos manifestadas por los titulares de derechos: informe final» (Study to assess the feasibility of a registry of text and data mining opt-outs expressed by rightholders: final report), con el objetivo de analizar la viabilidad de crear un registro a escala de la Unión Europea (UE) que recoja las manifestaciones de opt-out voluntario frente a la minería de textos y datos (TDM) por parte de los titulares de derechos, con arreglo al artículo 4.3 de la Directiva (UE) 2019/790, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital. 

Este Estudio busca soluciones para uno de los problemas más complejos que existen actualmente en relación con la excepción TDM: la fragmentariedad y la falta de transparencia de los mecanismos de opt-out utilizados habitualmente por los autores y titulares de derechos (robots.txt, metadatos, declaraciones en lenguaje natural), los cuales resultan, además, a menudo ineficaces en la práctica. 

Este documento tiene por objetivo responder a dos cuestiones principales: la primera, si este registro aportaría un valor añadido a los titulares de derechos y a los desarrolladores de inteligencia artificial (IA), y la segunda, si dicho registro podría ponerse en práctica de forma efectiva. 

El Estudio se estructura a partir de cuatro tareas.  

La primera tarea consistió en analizar los mecanismos actuales de opt-out con la finalidad de evaluar el interés de un registro y las limitaciones que se oponen a él. En este sentido, el Estudio señala que, en todos los sectores consultados, la mayoría de los participantes denunciaron la falta de un punto de referencia fiable con el que ambas partes, titulares y desarrolladores de IA, puedan verificar qué reservas (opt-outs) se han ejercido. 

La segunda tarea del informe consistió en evaluar la opinión de las partes interesadas sobre la necesidad y el valor añadido de la creación del registro, así como identificar las características necesarias para garantizar una amplia adopción y contribuir al éxito del registro a largo plazo. En este contexto, el Estudio identificó casos en los que el registro pudiera facilitar el ejercicio efectivo del derecho de opt-out por parte de los autores, así como evaluar en qué medida podría constituir una herramienta importante para conciliar innovación y derechos de autor. 

Con base en los datos recabados, el informe concluyó que la creación de un registro a escala de la Unión Europea podría ser oportuno y útil para facilitar el ejercicio efectivo del derecho de opt-out. Sin embargo, si bien los resultados apuntan a que el registro constituiría una medida coherente y contaría con una amplia aceptación entre los sectores interesados, el Estudio también pone de manifiesto las dudas expresadas por determinados titulares de derechos respecto de la idoneidad de esta medida.  Esta desconfianza se relaciona, principalmente, con las dificultades que afrontan a la hora de hacer valer sus reservas de derechos, en particular en lo que respecta a su tutela y defensa.

Asimismo, como señala el documento, se analizaron las características técnicas y funcionales necesarias para su implantación y funcionamiento de conformidad con la normativa de la Unión Europea, así como los posibles costes de desarrollo, actividad y mantenimiento. 

A este respecto, el informe evaluó la adopción de la tecnología de huellas digitales basadas en el contenido (ISCC) como medio para reforzar las señales de opt-out, afirmando que esta tecnología podría resultar especialmente útil ante la falta de metadatos o cuando estos no fuesen fiables. De forma resumida, la huella digital proporciona un identificador permanente derivado del contenido, lo que permite identificar cada obra independientemente de cómo, dónde o en qué formato se comparta, lo que -según el Estudio- resulta especialmente valioso en el contexto de datos de entrenamiento de sistemas y modelos de IA.  

En cuanto a su implementación, el Estudio señala como imprescindible que el registro tenga en cuenta las diferencias sectoriales, reconociendo las limitaciones y tecnologías específicas de cada sector, y recomienda una implantación progresiva por fases. En este sentido, el informe diferencia tres grandes sectores: edición, obras plásticas y visuales y música y audiovisuales. 

En esas condiciones, un registro podría reforzar la eficacia del artículo 4.3 de la Directiva 2019/790, convirtiéndose en un instrumento complementario a los mecanismos de opt-out ya existentes.

En cuanto a la viabilidad del proyecto, el informe señala que una arquitectura híbrida sería el modelo más eficaz a escala de la Unión Europea. Este modelo combinaría una capa central de resolución autorizada, que sería la fuente oficial para decidir qué reservas son válidas y eficaces, resolver consultas y coordinar la información entre distintos puntos del sistema, con puntos de acceso distribuidos, desde los que los titulares de derechos podrían registrar y actualizar sus opt-outs. 

En definitiva, el informe concluye que el registro parece viable tanto desde el punto de vista técnico como operativo, siempre que se lleve a cabo de acuerdo con las recomendaciones recogidas en él. Además, entiende que un enfoque por fases sería la mejor forma de proceder para lograr una medida útil y sostenible en el largo plazo. 

Fuente: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/5c5cd1ec-7cce-11f1-bf5e-01aa75ed71a1/language-en)

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