UE: Los titulares y representantes de los derechos de propiedad intelectual emiten sus comentarios al texto sobre la propuesta de Reglamento de Servicios Digitales
- 22 Feb, 2022
Silvia Pascua Vicente.
El 20 de enero de 2022, el Parlamento Europeo (PE) aprobó el texto sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un mercado único de servicios digitales (Ley de Servicios Digitales), conocida por sus siglas en inglés como DSA, cuyas disposiciones tienen por objeto regular las obligaciones y la responsabilidad de los intermediarios en el mercado único, abriendo nuevas oportunidades para proporcionar servicios digitales de forma internacional.
Tras su aprobación, los titulares y representantes de los derechos de propiedad intelectual han emitido sus comentarios y reclamaciones. Al respecto, el Instituto Autor realiza un recopilatorio de las recomendaciones emitidas por GESAC (Agrupación Europea de Sociedades de Autores y Compositores – en la que está integrada la SGAE), el Sindicato Nacional de la Edición de Francia (Syndicat National de l’edition – SNE) y la Asociación de Ligas Europeas de Futbol Profesional (Association of European Professional Football Leagues – European Leagues).
GESAC
El 31 de enero de 2022, GESAC (Agrupación Europea de Sociedades de Autores y Compositores – en la que está integrada la SGAE-), informó sobre que los representantes del sector cinematográfico y audiovisual estaban disconformes con la aprobación de la Ley de Servicios Digitales.
En este sentido, señalan que el texto aprobado no regula que los intermediarios de Internet sean más responsables ni crea un entorno en línea seguro por la puesta a disposición al público de contenido protegido. Por otro lado, destacan la ampliación de las obligaciones de KYBC (Know Your Businness Customer) – aquellas que tiene como finalidad proteger a los consumidores y empresas de la Unión Europea de prácticas que vulneren derechos de propiedad intelectual a través de Internet -, sin embargo, consideran que las obligaciones de diligencia debida siguen siendo demasiado débiles.
SNE
Por su parte, el 17 de febrero de 2022, Sindicato Nacional de la Edición de Francia (Syndicat National de l’edition – SNE), solicitó, junto con 61 organizaciones de la Industria Cultural y Creativa, la modificación y reforma de la DSA para que incluya una mayor protección de los derechos de propiedad intelectual en línea, evitando la vulneración de los derechos a través de la puesta a disposición al público de contenido no autorizado.
EUROPEAN LEAGUES
El 2 de febrero de 2022, la Asociación de Ligas Europeas de Futbol Profesional (Association of European Professional Football Leagues – European Leagues), señaló que el texto aprobado de la DSA no aborda la puesta a disposición al público de contenido deportivo sin autorización de los titulares de los derechos.
En relación con lo anterior, señalan que la posición del PE no permite la eliminación o deshabilitación directa de los eventos deportivos que son puestos a disposición del público sin autorización. Al respecto, considera necesario que se aclare el concepto de “inhabilitación del acceso”.
Por otro lado, subrayaron que el art.14.3 no obliga a los prestadores de servicios de alojamiento en línea a eliminar o bloquear “rápidamente” el acceso al contenido no autorizado una vez que se les ha notificado la infracción de los derechos, sino que se permite continuar con el contenido disponible hasta que se produzca una evaluación de su legalidad.
Por todo ello, solicitan que el texto de la DSA, se ajuste a lo dispuesto en el documento titulado “Desafíos para los organizadores de acontecimientos deportivos en el entorno digital”, publicado por varios miembros del Parlamento Europeo, con el objeto de poner fin a las retransmisiones ilícitas de eventos deportivos en directo.
De forma previa a su aprobación, varias organizaciones internacionales del sector creativo, entre las que se incluyó la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (International Federation of the Phonographic Industry – IFPI), organización encargada de representar los intereses de la industria de fonogramas e IMPALA (Independent Music Publishers and Labels Association), asociación de compañías independientes de Europa, plantearon sus recomendaciones a la DSA.
Entre las recomendaciones planteadas, seguían la línea de las actuales, centradas en aumentar la responsabilidad de los motores de búsqueda, introducir obligaciones más efectivas y la eliminación del “puerto seguro” (safe harbor). Así como garantías de que la eliminación del contenido ilícito por parte de los proveedores de contenido se realice “lo más rápido posible”.
Fuentes: GESAC (Film and audiovisual sector regrets that the EP failed to achieve the goal of making the Internet a safer space for everyone), SNE (Communiqué de presse – DSA: L’Europe entre les mains desde géants du numérique), European Leagues (EU Digital Services Act – Concerns from the Euroepan Football Leagues and the whole live Sports Industry), Instituto Autor (UE: Los titulares de los derechos de propiedad intelectual emiten recomendaciones sobre el Reglamento de Servicios Digitales; UE: El Parlamento Europeo aprueba el Reglamento de Servicios Digitales).