UE: Novedades sobre la transposición de la Directiva (UE) 2019/790 de derechos de autor y derechos conexos en el mercado único digital
- 18 Mar, 2022
Lorea Sepúlveda Jiménez.
El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las últimas novedades respecto de la transposición de la Directiva 2019/790/UE, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, aprobada el 26 de marzo del 2019 por el Parlamento Europeo y cuya fecha de transposición finalizó el 7 de junio de 2021, como informó el Instituto Autor. En concreto, se analizan las novedades legislativas en Rumania, Estonia y Eslovaquia.
Rumania
El 2 de marzo de 2022, el Parlamento de Rumania (Parlamentul României) aprobó el Proyecto de Ley que modifica y complementa la Ley n. 8/1996 sobre derechos de autor y derechos conexos (Legii nr. 8/1996 privind dreptul de autor şi drepturile conexe), a través de la cual se transpone la Directiva (UE) 2019/790.
Entre las principales novedades legislativas destaca la regulación de nuevas excepciones y limitaciones a los derechos de autor y derechos afines, mecanismos de fomento de concesión de licencias, así como normas destinadas a garantizar un mercado eficiente para la explotación de obras y otras prestaciones protegidas.
Estonia
El 7 de enero de 2022, el Parlamento de Estonia (Riigikogu) informó de la entrada en vigor de las enmiendas a la Ley de derechos de autor (Autoriõiguse seaduse muutmise seadus), que transponen la Directiva (UE) 2019/790.
Según el comunicado de prensa, las enmiendas tienen por objeto mejorar el acceso de los usuarios a contenido protegido por derechos de propiedad intelectual y garantizar una mayor protección a los titulares de derechos de propiedad intelectual. En este sentido, se mejora la posición negociadora de los autores y artistas, intérpretes y ejecutantes mediante el art. 49 – que transpone el art. 19 de la directiva – y obliga al cesionario a proporcionar información oportuna, pertinente y suficiente sobre la explotación de la obra o interpretación, por escrito, al menos una vez al año.
Por otro lado, el art. 57 de la ley (art. 17 de la directiva) establece un nuevo régimen de responsabilidad para los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea (online content-sharing service providers – OCSSPs), quienes, además, se considera que realizan un acto de comunicación al público o de puesta a disposición del público cuando ofrecen acceso a obras protegidas que hayan sido cargadas por sus usuarios.
Entre otras novedades, también se incluye la posibilidad de celebrar acuerdos de licencia colectiva ampliada y la actividad de minería de textos y datos con fines de investigación y fines no comerciales, sin el consentimiento del autor y sin el pago de remuneración (regulado en el art. 19 directiva), pudiendo el autor reservarse expresamente la autorización del uso gratuito, cuando existan fines comerciales.
Así mismo, la enmienda también incluye la transposición de la Directiva (UE) 2019/789 por la que se establecen las normas para el ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión y a las retransmisiones de programas de radio y televisión.
Eslovaquia
El 16 de febrero de 2022, el Consejo Nacional de la República de Eslovaquia (Národná rada Slovenskej republiky) aprobó el Proyecto de Ley que modifica el Texto Refundido de la Ley n. 185/2015, de derechos de autor (Autorský zákon v znení neskorších predpisov) con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/790.
En sentido similar a los casos antes mencionados, esta reforma introduce nuevas excepciones y limitaciones a los derechos de propiedad intelectual, así como nuevas directrices encaminadas a garantizar una mayor eficiencia del mercado de contenidos protegidos.
Entre los principales cambios, cabe destacar la incorporación de la excepción de minería de textos y datos con fines de investigación (art. 51), el uso de obras y otras prestaciones en actividades pedagógicas digitales y transfronterizas (art. 44), medidas para facilitar la concesión de licencias colectivas (art. 80), algunos usos de contenidos protegidos por OCSSPs (art. 64), o mecanismos de negociación (arts. 176).
El Instituto de Autor ha venido realizando un seguimiento de los países que han ido transponiendo la Directiva 2019/790 a su ordenamiento. En este sentido, son numerosos los Estados Miembros que no han alcanzado una transposición completa, como recoge la consulta llevada a cabo por la Comisión Europea en julio de 2021.
Fuentes: Riigikogu (Autoriõiguse seaduse muutmise seadus (autoriõiguse direktiivide ülevõtmine) 368 SE); CREATe (National consultations and transpositions by country); Národnárada Slovenskej Republiky (Tabuľka zhody – Smernica Európskeho parlamentu a Rady (EÚ) 2019/790 (107 KB) ); Instituto de Autor (El DOUE publica las Directivas de derechos de autor en el mercado único digital y sobre determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión; Unión Europea: Novedades sobre la transposición de la Directiva 2019/790/UE sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital); European Commission (Copyright: Commission calls on Member States to comply with EU rules on copyright in the Digital Single Market ).