Suecia: Stim establece una licencia colectiva para el uso de música por parte de herramientas de inteligencia artificial

  • 17 Oct, 2025
  • Silvia Pascua Vicente
Inteligencia ArtificialMúsicaSuecia

Silvia Pascua Vicente.

El 9 de septiembre de 2025, Svenska Tonsättares Internationella Musikbyrå (Stim), entidad encargada de la gestión de los derechos de los autores y editores musicales en Suecia, anunció la regulación de una licencia colectiva para el uso de música por parte de herramientas de inteligencia artificial (IA).

De acuerdo con la normativa en materia de propiedad intelectual, solo están protegidas por el derecho de autor aquellas obras musicales creadas por una persona física, es decir, aquellas que han sido “hechas por la mano humana”. Por tanto, las obras musicales generadas íntegramente por IA no están protegidas y no podrán registrarse en la entidad de gestión.

Sin embargo, Stim recuerda que, cuando la IA se utilice como herramienta para producir o procesar música y letras de forma accesoria, y pueda identificarse claramente a una persona que tome decisiones libres y creativas, se cumple con el criterio de autoría humana y, por tanto, la obra sí puede estar protegida.   

La irrupción de la inteligencia artificial ha provocado que el 24% de los ingresos de los creadores musicales se encuentren en riesgo de desaparecer debido a los avances tecnológicos. En este contexto, se considera prioritario establecer soluciones que garanticen un uso justo de las nuevas tecnologías y que se ajusten a la normativa en materia de propiedad intelectual.

En consecuencia, Stim ha desarrollado una licencia colectiva que busca garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual y permitir una compensación económica. Esta licencia está disponible para las empresas tecnológicas, a fin de que puedan entrenar sus modelos con obras protegidas.

Según la información proporcionada por Stim, no se establece una tarifa fija, sino que el importe varía según el tamaño de la empresa y el volumen de contenido protegido utilizado, calculándose de forma individual para cada licenciatario.

Asimismo, la compensación se distribuirá equitativamente entre los titulares de los derechos de propiedad intelectual del contenido utilizado. Los autores serán remunerados no solo durante la fase de entrenamiento de los modelos, sino también por el uso del servicio de IA y los resultados generados. Además, se prevé una compensación adicional basada en un porcentaje de los ingresos generados por el servicio de IA. Es decir, cuanto mayores sean los ingresos del servicio, mayor será la compensación destinada a los autores y editores musicales a través de Stim.

Para garantizar que esta compensación llegue efectivamente a los autores y editores, Stim ha establecido dos principios de distribución. Por un lado, la compensación por el entrenamiento del modelo se distribuye de forma proporcional e igualitaria. Y, por otro lado, la compensación por la música generada se vincula directamente con las obras específicas que hayan influido en el resultado final. En el supuesto de que no se proporcione una base fiable, se aplicará una distribución basada en analogías, tomando en cuenta cómo se utilizaron las obras durante el entrenamiento del sistema de la IA.

En este sentido, los servicios de IA deberán utilizar un proveedor de atribución que permita analizar la música generada, con el fin de garantizar una distribución transparente y precisa de los ingresos.

Respecto de los derechos concedidos a los proveedores de IA a través de la licencia, Stim señala que esta permite la copia de grabaciones y obras musicales asociadas, con el fin de preparar y entrenar servicios de IA. La licencia autoriza al licenciatario a analizar estructuras musicales, patrones y metadatos para extraer una comprensión generalizada de las obras con el fin de entrenar un modelo de IA, así como a realizar tareas de masterización.

No obstante, la licencia no permite la sublicencia a terceros para el uso de la música generada en campañas publicitarias de gran escala, ni en producciones televisivas, radiofónicas o cinematográficas, u otras formas similares de explotación. Estos usos requerirán un acuerdo independiente entre las partes involucradas.

Cabe destacar que la licencia solo incluye las obras de autores y editores musicales que hayan dado su consentimiento explícito para ello.

Desde el punto de vista de las empresas licenciatarias, estas se comprometen a asegurar la propiedad de la música generada, definir de forma clara y precisa los usos permitidos, utilizar un proveedor de atribución aprobado por el licenciante, asegurar que se recaude el pago de terceros por el uso de la música generada y que se abone la compensación correspondiente y clasificar correctamente los resultados como contenido generado por IA.  

Por otro lado, Stim informa que, incluso tras la expiración del plazo de la licencia, deberán mantenerse ciertas obligaciones respecto al uso de la música generada. El licenciatario continuará siendo responsable del pago por el uso, tanto propio como de terceros, de la música derivada del contenido protegido.

Para poner en marcha esta iniciativa, la entidad de gestión ha desarrollado un proyecto piloto, diseñado para su implementación de forma segura y controlada. En esta primera fase, solo se incluye un número limitado de obras, correspondientes a socios de Stim que han optado explícitamente por participar en el proyecto.

Fuentes: STIM (Stim lanserar världens första AI-licens för music; Stim and IA; License for IA Services; This is STIM’s position with IA – artificial inteliigence).

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