España: Se publica un informe que analiza el cumplimiento de la normativa audiovisual por los servicios de comunicación audiovisual autonómicos
- 13 Feb, 2026
Silvia Pascua Vicente.
En enero de 2026, AVC Audiovisual Compliance, consultora especializada en cumplimiento normativo audiovisual, publicó el informe titulado “Plataformas OTT autonómicas: ¿Cumplen con la normativa audiovisual?”, que tiene por objeto analizar el cumplimiento normativo de 22 servicios de comunicación audiovisual autonómicos, en particular los OTT (Over The Top) y plataformas de televisión de las cadenas de radiotelevisión autonómica.
En este sentido, el documento analiza las radiotelevisiones públicas autonómicas que han lanzado sus propias OTT con streaming en directo y bajo demanda y los servicios de televisión en directo y a la carta, con contenidos y programas a petición.
En primer lugar, el documento hace referencia a la normativa aplicable; al tratarse de servicios de comunicación audiovisual con sede en España y con cobertura nacional deben cumplir con lo dispuesto en la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y la Ley 34/2022, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. En caso de incumplimiento, el documento destaca que podrá conllevar sanciones económicas por parte de la CNMC y la Agencia Española de Protección de Datos.
A continuación, el documento analiza de forma individualizada cada uno de los 22 servicios de comunicación audiovisual, identificando si cumplen de forma total, parcial o inexistente las diferentes obligaciones. Así mismo, identifica aquellos servicios que estén exentos de su cumplimiento.
En relación con el cumplimiento de la LGCA, el documento destaca que ninguno de los servicios OTT analizados cumple por completo con las obligaciones de información y datos contenidas en la normativa y en su desarrollo reglamentario.
Respecto del Código de autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia que contiene la calificación de los programas y contenidos audiovisuales y sistemas de descriptores, el documento destaca que solo quince utilizan de manera generalizada las Calificaciones por Edades acompañadas de los colores normalizados asignados a las mismas, otras cinco no presentan calificación por edades y dos utilizan un sistema de calificación propio, no recogido en la normativa. A este respecto, concluye que la clasificación por edades se emplea de manera irregular por los servicios OTT autonómicos.
En lo que respecta a la Ley del Cine y sus correspondientes desarrollos normativos, principalmente en relación con la Calificación por Edades, el informe identificó que los OTT autonómicos no cumplen con las obligaciones establecidas en esta normativa y, por tanto, no se protege a los menores de edad.
Por su parte, el art. 10 de la LSSI exige, entre otras obligaciones, que el prestador de servicios de la sociedad de la información muestre a los usuarios su información y datos tales como el nombre o denominación social, domicilio, inscripción en el Registro Mercantil, el régimen de autorización administrativa en el que se ejerce la actividad, de forma permanente, fácil, directa y gratuita, que afectan directamente al prestador de esta. A este respecto, concluye que faltan datos y/o están incompletos en las 22 webs de los prestadores audiovisuales.
El documento también analiza el aviso de cookies, recordando que es obligatorio desde el momento en que una página web recoge información personal de los usuarios; sin embargo, a pesar de que todos los servicios analizados muestran el aviso de cookies, lo hacen con deficiencias en el mismo.
Por último, señala que, de manera general, todos los servicios que disponen de contenidos bajo demanda permiten la descarga del contenido protegido, a pesar de contar algunas con tecnología DRM (Digital Rights Management). A este respecto, se señala que deben adoptarse mayores medidas para garantizar la protección de la propiedad intelectual.
En conclusión, el documento señala que es fundamental que las autoridades audiovisuales de supervisión competentes tomen medidas cuando detecten las carencias legales y estas no se hayan subsanado.
Fuente: AVC Audiovisual Compliance (Plataformas OTT autonómicas: ¿Cumplen con la normativa audiovisual?).