EE. UU.: SAG-AFTRA firma un acuerdo con los productores de fonogramas para regular las relaciones contractuales

  • 30 May, 2024
  • Leire Gutierrez Vázquez
EE. UU.Industria MusicalInteligencia Artificial

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 30 de abril de 2024, el Sindicato de Actores de Cine-Federación Estadounidense de Artistas de Radio y Televisión, conocido como SAG-AFTRA por sus siglas en inglés, votó con un porcentaje del 97,69%, la aprobación del Sound Recordings Code 2024, un acuerdo destinado a regular las relaciones contractuales entre los artistas y los productores de fonogramas.

El “Código”, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, ha sido firmado con Warner Music Group, Sony Music Entertainment, Universal Music Group, Disney Music Group. El Código estará. El Sindicato ha publicado un “Sumario” con las principales obligaciones acordadas entre las partes, que afectarán a los artistas intérpretes o ejecutantes que tengan acuerdos contractuales con los productores de fonogramas firmantes. En particular, el Código aprobado incluye disposiciones sobre:

1. Inteligencia artificial.

El acuerdo establece las primeras reglas colectivamente negociadas para el uso ético y responsable de la inteligencia artificial en la industria de la música, y limita los términos «artista», «cantante» para referirse de forma exclusiva a humanos. En este sentido, el acuerdo remarca que el consentimiento informado y específico es obligatorio antes de usar una réplica digital de la voz de un artista intérprete o ejecutante, que debe autorizarse para cada proyecto de forma individual.

También incluye el establecimiento de compensaciones mínimas para el uso de réplicas digitales con consentimiento en pistas de audio lanzadas, diferenciando entre artistas intérpretes que perciben derechos y cantantes de sesión. Además, en virtud del acuerdo se establece de la obligación de notificar, con una antelación mínima de 48 horas, cualquier sesión de grabación destinada a crear una réplica digital, siendo estas sesiones consideradas como tiempo de trabajo remunerado.

El acuerdo incluye requisitos claramente definidos de remuneración para las grabaciones que contengan voces sintéticas generadas por inteligencia artificial, la obligación de negociar licencias (con buena fe), así como el pago de los derechos conexos por las reproducciones en streaming. En caso de que haya conflictos sobre el consentimiento, se contempla la eliminación inmediata de las grabaciones afectadas y la posibilidad de reclamar daños si no se realiza dicha eliminación.

2. Incremento del mínimo salarial.

El acuerdo también incluye el incremento salarial total del 26,3% durante el plazo del acuerdo. Este incremento mínimo del salario se realizará de forma progresiva, sumando ese porcentaje total el 31 de diciembre de 2026 (aumento del 14,5% al mes de la ratificación, 3.75% – 1 de enero de 2025; 3.25% – 1 de enero de 2026; y 3.00% – 31 de diciembre de 2026)

3. Salud y Jubilación.

A partir del año 2025, se aumentará la tasa de contribución general, pero la contribución sobre el streaming se mantendrá constante en un 13%. Además, se aumentará gradualmente el porcentaje de los ingresos por streaming que estarán cubiertos por estas contribuciones, lo que proporcionará un mayor respaldo financiero para la seguridad y el bienestar de los artistas a lo largo del tiempo.

4. Licenciamiento (pago por uso)

El acuerdo busca equiparar los pagos por licencias generales de catálogos de discográficas con los pagos por uso en streaming. Además, establece que las licencias para uso en videojuegos se considerarán como un nuevo uso, con una tarifa del 7% y un máximo de 5.073,48€ ($5,500). El acuerdo permitirá al sindicato considerar solicitudes de modificaciones en los pagos por nuevos usos para proyectos creados de buena fe por una empresa.

También establece que el consentimiento para licenciar pistas en cine y televisión se presumirá siempre que se pague la remuneración fijada en la licencia. También establece que se asumirá automáticamente que los artistas que no reciben derechos (trabajadores por cuenta ajena) están de acuerdo con permitir que sus prestaciones sean utilizadas en comerciales. Sin embargo, este acuerdo tiene una condición importante: los artistas deben recibir los pagos requeridos según el contrato específico para esos comerciales.

Fuentes: SAG-AFTRA (2024 SAG-AFTRA Sound Recordings Code Contract Summary; Sound Recordings Code 2024), Digital Music News (SAG-AFTRA Members Unanimously Ratify Major Label AI Protection Agreement Involving UMG, WMG, Sony Music, and Disney Music).

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