EE. UU.: Se presenta en el Congreso una iniciativa legislativa para regular el derecho de participación
- 29 Jul, 2025
Silvia Pascua Vicente.
El 17 de junio de 2025, se presentó en el Congreso de Estados Unidos (United States Congress) el proyecto de ley “H.R.4017 – American Royalties Too Act of 2025”, cuyo objetivo es regular el derecho de participación (droit de suite).
Tras un primer intento de regulación en 2015 con el proyecto H.R.1881, esta nueva propuesta busca modificar la sección 106A del capítulo 1 del título 17 del Código de los Estados Unidos (United States Code), para incorporar el derecho de participación. En concreto, se plantea que los autores de obras de arte visual tengan derecho a percibir una participación en el precio de reventa de sus obras, siempre que la venta sea posterior a la primera venta y el precio de reventa sea igual o superior a 4255,86€ ($5.000). Este importe deberá ser abonado por el profesional del mercado del arte que participe en la transacción.
De acuerdo con el proyecto de ley, este derecho corresponderá a los autores que sean ciudadanos o residentes de los Estados Unidos (EE. UU.), de países que reconozcan el mismo derecho, o cuando la obra haya sido creada por primera vez en EE. UU. o en un país con legislación equivalente. Además, dicho derecho también podrá ser ejercido por los herederos o sucesores del artista.
La duración del derecho será equivalente al plazo de protección de los derechos de autor aplicable a la obra de arte visual correspondiente.
En cuanto al importe, se establece que el autor tendrá derecho a recibir el 5% del precio de reventa de la obra, con un límite máximo de 42558,62€ ($50.000) por transacción. El pago deberá realizarse en un plazo máximo de 90 días a partir de la reventa.
Asimismo, el proyecto contempla que, en caso de que una entidad de gestión colectiva de derechos de artistas visuales no pueda realizar una distribución oportuna de los fondos pese a haber hecho esfuerzos razonables de buena fe, deberá depositar el importe correspondiente en una cuenta de depósito en garantía que devengue intereses hasta que el autor o su sucesor puedan ser identificados. Una vez localizados, se les deberá entregar el importe acumulado, incluyendo los intereses generados.
Por otro lado, el proyecto también prevé mecanismos de acción legal en caso de incumplimiento, permitiendo que los autores o sus representantes inicien procedimientos judiciales ante los tribunales de los EE. UU.
Esta regulación permitiría alinear la legislación estadounidense con los estándares internacionales. En este sentido, a nivel de la Unión Europea, el derecho de participación está regulado en la Directiva 2001/84/CE, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original. Por su parte, en España, este derecho se recoge en el art. 24 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI). A diferencia del modelo estadounidense propuesto, la normativa española establece un sistema de tramos con un máximo del 4% o 12.500€ por reventa.
Fuente: United States Congress (H.R.4017 – American Royalties Too Act of 2025).