EE .UU. /Australia: Se publican varios informes analizando los derechos propiedad intelectual en relación con la inteligencia artificial
- 2 Oct, 2024
Leire Gutiérrez Vázquez.
En los últimos meses, en Estados Unidos y en Australia, al igual que en todos los países del mundo, los legisladores han mostrado una importante preocupación sobre la protección de los derechos de propiedad intelectual, ante el demostrado uso de contenidos protegidos por parte de las empresas propietarias de modelos/herramientas de Inteligencia Artificial (IA) generativa. A continuación publicamos un breve resumen de un informe elaborado por la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (U.S Copyright Office) y de otro informe elaborado el Departamento de Industria, Ciencia y Recursos (Department of Industry, Science and Resources – DISR) que abordan la materia.
Estados Unidos
En el mes de julio, la Oficina de Derechos de Autor publicó el estudio “Derechos de Autor e Inteligencia Artificial – Parte 1: Réplicas Digitales” (Copyright and Artificial Intelligence-Part 1 Difgital Replicas), en el que se analizan cuestiones esenciales y de carácter existencial para el ámbito del derecho y la política en materia de derechos de autor. Según informa la Oficina de Derechos de Autor, el informe será publicado en varias partes y abordará diferentes temas relacionados con la inteligencia artificial.
En esta primera parte del informe, el objeto de estudio se ha centrado en las réplicas digitales, desde las interpretaciones musicales generadas por IA hasta las imitaciones de candidatos políticos mediante llamadas automáticas etc. A tal efecto, el estudio remarca que desde hace años existen tecnologías capaces de desarrollar imágenes o grabaciones falsas, pero que la IA generativa ha aumentado la capacidad de hacerlo de forma “fácil, rápida y con una verosimilitud asombrosa”.
Por ello, una de las interrogantes más relevantes que plantea esta primera parte del estudio es hasta qué punto la IA puede llegar a sustituir la labor creativa propia del ser humano. Es por ello por lo que el informe profundiza en analizar si la legislación actual de Estados Unidos – tras consultas a expertos, informes de agencias, entre otra información – es suficiente para proteger los derechos digitales. El informe concluye que es necesario un refuerzo legislativo urgente y que se deben emprender acciones federales de forma rápida.
Australia
El 5 de septiembre de 2024, el Departamento de Industria, Ciencia y Recursos (Department of Industry, Science and Resources – DISR), dependiente del Gobierno de Australia, publicó el documento “Safe and responsible AI in Australia”, en el que establece las medidas de protección obligatorias propuestas para el desarrollo de IA de alto riesgo en Australia. El documento publicado forma parte de una audiencia pública abierta por el gobierno, que espera recibir comentarios al informe publicado antes del 4 de octubre.
Las propuestas del documento incluyen requisitos para que los desarrolladores de IA aseguren que los datos se obtengan legalmente, divulguen información sobre las fuentes, la adquisición y los procesos de los datos utilizados, y aborden cuestiones relacionadas con la Propiedad Cultural e Intelectual Indígena (ICIP).
Así mismo, el documento remarca la necesidad de fomentar intersecciones entre diferentes departamentos dependientes del gobierno, para “lograr un enfoque coordinador de todo el gobierno en materia de IA”. Sobre la legislación actual de Australia en materia de derechos de autor, el documento evidencia que no es necesario modificar la ley derechos de autor del país, al considerarla adecuada para el desarrollo ético de la IA en Australia. En este sentido, defiende que no se deben incluir en la ley nuevas “limitaciones y excepciones” para la IA.
Como se indicó anteriormente, el DISR está solicitando comentarios tanto sobre las propuestas en sí como sobre cómo deberían implementarse. En este sentido, el documento plantea tres posibles enfoques: 1) adaptar los marcos regulatorios existentes para incluir estas salvaguardias: 2) introducir una legislación marco que requerirá la modificación de otras leyes existentes para que la legislación marco surta efecto; y 3) un enfoque para toda la economía: introducir una nueva Ley de IA transversal a toda la economía (el modelo adoptado en la UE y en Canadá).
Fuentes: Australian Government (Introducing mandatory guardrails for AI in high-risk settings: proposals paper, Mandatory guardrails for safe and responsible AI: have your say), U.S Copyright Office (Copyright and Artificial Intelligence-Part 1 Difgital Replicas).