Francia: Un tribunal se pronuncia sobre la reproducción y puesta a disposición al público de contenido no autorizado a través de una página web

  • 28 Nov, 2022
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Contenido Protegido no AutorizadoFranciaJurisprudenciaOrden de Bloqueopágina webPuesta a Disposición al Públicoreproducción

Ysidro Eduardo García Rodríguez.

El 25 de agosto de 2022, el Tribunal de Justicia de París (Tribunal judiciaire de Paris) se pronunció sobre la reproducción y puesta a disposición al público de obras literarias no autorizadas en una página web. El asunto enfrenta, por un lado, al Sindicato Nacional de la Edición de Francia (Syndicat national de l´edition – SNE) (demandante) y, por otro lado, una página web (demandada).

Como señala la nota de prensa emitida por el SNE, desde el año 2009 la demandada permitía el intercambio de archivos, a través de su página web, de más de 10 millones de libros y 80 millones de artículos de opinión de diversos temas — científicos, académicos, de actualidad —, sin autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Como modus operandi, la página web exigía pagos a los usuarios para el acceso y reproducción de las obras literarias.

Derivado de lo anterior, el demandante interpuso en junio de 2022 una demanda de cesación de actividades infractoras. Además, solicitó la interposición de medidas de bloqueo de página web como medida de salvaguarda al contenido protegido en el entorno digital, por la vulneración de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de los autores y editores.

Como recogen los medios de comunicación, el tribunal evaluó las pruebas e informaciones aportadas por el demandante. En ese sentido, analizó los sistemas tecnológicos utilizados por la demandada para la puesta a disposición del público de obras literarias, el uso de operadores ilícitos de ISPs (Internet Service Providers) y las páginas webs espejos. El tribunal estimó que deben ser consideradas como actividades infractoras y concedió el bloqueo de las páginas webs no autorizadas. Por tales motivos, ordenó a los proveedores de servicios de Internet implementar los mecanismos necesarios para eliminar tanto el acceso a las páginas webs ilícitas como el contenido protegido no autorizado.

De igual forma, la nota destaca que el tribunal instruyó a la Autoridad de Regulación de las Comunicaciones Audiovisuales y Digitales (lˈAutorité de régulation de la communication audiovisuelle et numérique ARCOM) a mantener una lista actualizada de páginas webs que ponen a disposición al público contenido protegido por la propiedad intelectual para que los proveedores de servicios de Internet tengan conocimiento de estas y puedan asumir las medidas de bloqueo que dispone la sentencia.

Por último, cabe resaltar que en España el cese de las actividades declaradas infractoras por parte de los proveedores de acceso de Internet se contempla en el art. 195 del Texto Refundido de la Propiedad Intelectual (TRLPI) sobre función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.

 

Fuentes: Syndicat national de l´edition – SNE (Action judiciaire contre Z-Library : une nouvelle victoire des éditeurs contre le piratage, Le SNE), Les univers du livre – Actualité (Piratage : le blocage du site Z-Library ordonné par la justice française), Numerama (Z-Library : le site spécialisé dans les libres piratés se fait bloquer en France), BOE (Real Decreto Legislativo 1/1996, del 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).

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