Reino Unido: La Oficina de Propiedad Intelectual publica el resultado de una consulta pública sobre inteligencia artificial y su impacto en la propiedad intelectual

  • 5 Ago, 2022
  • Instituto Autor
Comisión EuropeaInteligencia Artificialminería de textos y datosReino Unido

Andrea Hernández Bermúdez.

El 28 de junio de 2022, la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (Intellectual Property Office –IPO) publicó los resultados actualizados de las consultas públicas que realizó entre el 7 de septiembre al 30 de noviembre de 2020 y del 29 de octubre de 2021 al 7 de enero de 2022, sobre la Inteligencia Artificial (IA) y su impacto en la actual regulación de propiedad intelectual. La consulta pública se realizó como parte del plan “Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial” (National AI Strategy), el cual tiene como uno de sus pilares lograr el crecimiento del Reino Unido como una potencia en IA, impulsado por la innovación, por lo que la propiedad intelectual tiene gran importancia.

Según el informe presentado por la IPO, y como informó el Instituto de Autor, las preguntas realizadas en la consulta pública se dividieron en tres áreas específicas: protección de los derechos de autor a las obras generadas por ordenadores (computer-generated works -CGWs) sin intervención humana, licencias o excepciones a los derechos de autor para la minería de textos y datos (text and data mining– TDM), que suele ser importante en el uso y desarrollo de la IA y la protección de las patentes para las invenciones creadas por la IA.

Respecto a la primera cuestión planteada, los artículos 9.3 y 12.7 de la Ley de Propiedad Intelectual, Diseños y Patentes de 1988 (Copyright, Designs and Patents Act 1988 – CDPA) establecen que “en el caso de una obra literaria, dramática, musical o artística generada por ordenador, se considerará autor a la persona que haya tomado las medidas necesarias para la creación de la obra” y esa protección será de 50 años desde el final del año natural en el que se realizó la obra. En este sentido, el Gobierno del Reino Unido, a raíz de la consulta pública realizada, decidió no realizar cambios a la legislación existente por no tener claro si modificarla tendría un efecto en la innovación y uso de la IA.

Segundo, la IPO define la TDM como las “técnicas informáticas automatizadas para analizar grandes cantidades de información con el fin de identificar patrones, tendencias y otra información útil”, y es un límite a los derechos de propiedad intelectual, incluido en la sección 29.A del CDPA en el año 2014, que permite el uso de las obras siempre que el contenido se haya obtenido por medios lícitos y tenga un objeto de investigación no comercial. En particular, según el documento citado, el Gobierno del Reino Unido concluyó que es necesario introducir una nueva excepción que permita el TDM para cualquier propósito, incluida la finalidad comercial, manteniendo la obligación que el acceso sea legal.

Así mismo, el documento indica que con la implementación de la nueva disposición los titulares de derechos de propiedad intelectual ya no podrán cobrar por las licencias del Reino Unido para la TDM ni excluirse de la excepción, pero se aclara que los titulares de derechos tendrán salvaguardias para proteger el contenido de las obras, como por ejemplo que el acceso a las obras deberá ser legal, tal y como lo establece el límite actualmente.

Por último, respecto a la protección por medio de patentes de las invenciones creadas por medio de la IA, el informe detalla que el Gobierno del Reino Unido no promoverá ningún cambio ya que, en estos casos, la IA es más una herramienta que asiste para que sea posible crear una invención. De igual manera, se rechaza la posibilidad de realizar reformas porque no hay consenso en quien debería ser el propietario de la patente cuando la IA es la inventora y, principalmente, que existe una armonización internacional de las normas de patentes y un cambio de ese tipo puede ser negativo.

En este sentido, en abril del año 2021, la Comisión Europea publicó un “Paquete sobre IA” (AI Package) proponiendo nuevas normas y acciones para convertir a Europa en el centro mundial de la IA de confianza, por ejemplo, mediante la implementación de los programas de  Comunicación sobre el fomento de un enfoque europeo de la inteligencia artificial (Communication on Fostering a European approach to Artificial Intelligence), el Plan coordinado con los Estados miembros actualización 2021 (Coordinated Plan on Artificial Intelligence 2021 Review) y planteó una propuesta de Reglamento sobre IA (Proposal for a Regulation laying down harmonised rules on artificial intelligence) que establezca normas armonizadas para la UE.

 

Fuentes: Government UK (Consultation outcome Artificial Intelligence and Intellectual Property: copyright and patents: Government response to consultation, Government response to call for views on artificial intelligence and intellectual property, Artificial Intelligence and Intellectual Property: copyright and patents, National AI Strategy), Instituto Autor (Reino Unido: La Oficina de Propiedad Intelectual inicia una consulta pública sobre la regulación de la inteligencia artificial en relación con los derechos de propiedad intelectual), Legislation Gov UK (Copyright, Designs and Patents Act 1988), Comisión Europea (A European approach to artificial intelligence, Coordinated Plan on Artificial Intelligence 2021 Review, Communication on Fostering a European approach to Artificial Intelligence, Proposal for a Regulation laying down harmonised rules on artificial intelligence.

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