UE: La Comisión Europea sanciona a dos empresas tecnológicas por no cumplir con el Reglamento de Mercados Digitales

  • 9 May, 2025
  • Lidia García-Romeral Fernández
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Lidia García-Romeral Fernández

El 23 de abril de 2025, la Comisión Europea sancionó a dos grandes empresas tecnológicas, Apple y Meta, por no cumplir con el Reglamento de Mercados Digitales (Digital Market Act – DMA).

Como ha venido informando el Instituto Autor, el Reglamento de Mercados Digitales regula las obligaciones y la responsabilidad de los prestadores de servicios digitales, establece la competencia leal entre empresas y tiene por objetivo garantizar un mercado digital competitivo y justo.

Según lo dispuesto por la Comisión Europea, Apple impedía a los desarrolladores de aplicaciones informar directamente a los consumidores sobre las ofertas de sus canales de distribución alternativos a la App Store. En este sentido, la DMA, en su artículo 5(4), establece que los desarrolladores de aplicación deben informar de forma gratuita sobre ofertas alternativas. Del mismo modo, continúa señalando la Comisión Europea, los consumidores no podían beneficiarse de las ofertas ni desinstalar fácilmente cualquier aplicación, así como elegir su navegador web predeterminado, incumpliendo la DMA, que ofrece a los usuarios de la UE estas posibilidades. En términos prácticos, la empresa debe permitir que las tiendas de aplicaciones de terceros y las aplicaciones se descarguen en el teléfono directamente desde la web.

Asimismo, la Comisión ha ordenado a la empresa que elimine las restricciones técnicas y comerciales sobre la dirección y que se abstenga de perpetuar la conducta. Además, la multa impuesta, que asciende a 500 millones de euros, tiene en cuenta la gravedad y la duración del incumplimiento.

Por otro lado, Meta había establecido un modelo de publicidad binario de “consentimiento o pago”, dando a elegir al consumidor entre consentir el uso de sus datos personales para publicidad personalizada o pagar una suscripción mensual que le permita acceder a un servicio sin publicidad.

En este asunto, la Comisión constató que este modelo no era conforme al DMA, ya que no permitía a los usuarios ejercer su derecho a consentir libremente el uso de sus datos personales, tal y como se establece en el considerando 37. Al respecto, tras numerosos intercambios con la Comisión, la empresa introdujo una versión del modelo de anuncios personalizados gratuitos. Actualmente, la Comisión está evaluando esta nueva opción y continúa el diálogo con la empresa, solicitando que aporte pruebas del impacto que tiene en la práctica.

Asimismo, sin perjuicio de la evaluación en curso, la Comisión ha sancionado a la empresa respecto al periodo en el que se ofreció a los usuarios la opción de “consentimiento o pago”, desde que las obligaciones del DMA pasaron a ser jurídicamente vinculantes (marzo de 2024) hasta que la empresa introdujo el nuevo modelo (noviembre de 2024). La multa impuesta, que asciende a 200 millones de euros, también tiene en cuenta la gravedad y la duración del incumplimiento.

Finalmente, ambas empresas están obligadas a cumplir con las decisiones de la Comisión en un plazo de 60 días.

Fuentes: European Comission (Commission finds Apple and Meta in breach of the Digital Markets Act; Commission closes investigation into Apple’s user choice obligations and issues preliminary findings on rules for alternative apps under the Digital Markets Act), Instituto Autor (UE: El Parlamento Europeo aprueba los Reglamentos de Servicios Digitales y de Mercados Digitales).

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