Alemania: Un tribunal se pronuncia sobre los derechos de retransmisión de IPTV para programas de televisión
- 27 Jun, 2024
Sofia Alphin Arevalo.
El 21 de febrero de 2024, el Tribunal Superior Regional de Múnich (Oberlandesgericht München) se pronunció sobre los derechos de retransmisión de programas de televisión a través de servicios IPTV (Internet Protocol Television). El asunto enfrenta, por un lado, a una productora de televisión (demandada) y, por otro lado, a un proveedor de telecomunicaciones (demandante).
De acuerdo con los hechos de la sentencia, la demandada licencia sus derechos de retransmisión de programas de televisión a través de dos formas, la primera por medio de servicios de IPTV cerrada, el cual consiste en un sistema de transmisión de televisión por Internet; y la segunda por medio transmisión de señales de televisión por cable. Por lo tanto, los términos contractuales de licenciamiento que establece la demandada, varían dependiendo de si la retransmisión se realiza por IPTV cerrada o por cable.
En este contexto, la demandante argumenta que una red IPTV cerrada es equiparable a la retransmisión por cable. Por ende, solicita al tribunal que determine que la demandada debería licenciar bajo las mismas condiciones para todos los tipos de servicio de retransmisión.
Por su parte, el tribunal resalta que la diferencia clave entre la retransmisión en redes IPTV cerradas y por cable radica en que esta última constituye una comunicación audiovisual lineal, mientras que las IPTV son sistemas de acceso condicional, conforme al artículo 3 de la Ley de Telecomunicaciones del 23 de junio de 2021. (Telekommunikationsgesetz vom 23. Juni 2021). Por lo tanto, considera que dichos servicios son distintos, lo que permite que se regulen en contratos separados y con condiciones diferentes. Además, el tribunal también confirmó que las condiciones establecidas por la productora para licenciar sus derechos de retransmisión son aceptables.
Finalmente, el Tribunal Superior Regional de Múnich desestimó la demanda interpuesta por el proveedor de telecomunicaciones y concluyó que las prácticas contractuales de la productora se ajustan a lo dispuesto por la normativa.
En España, el artículo 2 de la Ley 13/2022 del 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual diferencia, por un lado, los servicios de comunicación audiovisual de acceso condicional, que ofrecen programas y contenido audiovisual a los usuarios a través de un sistema de acceso condicional, generalmente a cambio de una tarifa o contraprestación. Y, por otro lado, se encuentran los servicios de comunicación audiovisual televisivo lineal, que permiten la visualización simultánea de programas y contenido audiovisual siguiendo un horario de programación establecido.
Fuente: RTL Media Hub (Sender von RTL Deutschland erwirken wegweisendes Grundsatzurteil zu Weitersenderechten von TV-Programmen).