América: Se publica un informe que analiza las medidas legales existentes en el continente contra las infracciones de derechos de autor vía streaming

  • 14 Sep, 2019
  • Instituto Autor
infracción de los derechos de propiedad intelectual

Patricia Muñiz de la Oliva.

En julio de 2019, ASIPI, la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual, publicó el estudio “Piratería de contenidos audiovisuales vía streaming en las Américas”, en donde analiza cómo afrontan las distintas legislaciones y tribunales del continente americano las vulneraciones cometidas contras los derechos de propiedad intelectual de las obras audiovisuales en la modalidad de streaming.

El informe divide su análisis en apartados, comenzando por las definiciones en los distintos ordenamientos jurídicos de las formas de explotación de las obras en línea en Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, México, Nicaragua, Paraguay, Perú y Uruguay; continúa con el análisis de la tipificación y acciones legales viables en las distintas jurisdicciones; la responsabilidad de los ISPs; casos o jurisprudencia relevantes sobre las infracciones de derechos de propiedad intelectual vía streaming y por último, presenta una guía de buenas prácticas forenses.

Cabe destacar el análisis de cómo se aplicarían en cada uno de los países de la muestra, las normas de propiedad intelectual y de derechos conexos y otras normas o regulaciones a las infracciones de derechos vía streaming, la posibilidad de ejercer acciones civiles y penales, en concreto las de cese, daños y perjuicios y/o medidas cautelares.

Del análisis jurídico por países, se concluye que en Brasil no existen reglas específicas para los derechos y obligaciones respecto a los contenidos audiovisuales consumidos a través del streaming, pero algunas normas pudieran ser válidas para perseguir las infracciones; en Chile y Ecuador tampoco hay normas específicas pero sí es posible defender las obras protegidas ante usos por parte de terceros sin autorización o el impago de los correspondientes derechos. Otros Estados con escasez de regulación para afrontar las infracciones de derechos en este ámbito son Nicaragua y Perú.

En cuanto a la responsabilidad de los ISPs, el informe recoge que en Brasil, Canadá, Colombia, Guatemala y Uruguay no consideran responsables de las infracciones de los derechos de propiedad intelectual en línea a los ISPs o no tienen legislación específica para ello; Argentina, Chile, Perú y EEUU tampoco contemplan un régimen de responsabilidad, sin embargo sí recogen algunas salvedades y requisitos que se deben cumplir. En México no se contempla en su legislación exención alguna de responsabilidad para los ISPs pero formalmente es el usuario el que infringe los derechos; y en Nicaragua, sería necesario demostrar la complicidad con quien promueve las infracciones.

Finalmente, el informe recoge síntesis de los casos más relevantes de cada país y su resolución judicial donde se desgranan hasta tres casos en Argentina, tres en EEUU y dos en Uruguay.

Fuente: Informe “Piratería de contenidos audiovisuales vía streaming en las Américas”, elaborado por el Comité de Derecho del Entretenimiento. ASIPI Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual

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