Chile: Autores y organismos de radiodifusión acuerdan el pago de una remuneración en favor de los autores por la comunicación pública de obras audiovisuales
- 11 Nov, 2022
Ysidro Eduardo García Rodríguez.
El 3 de octubre de 2022, la Asociación Nacional de Televisión de Chile (Anatel) y la Sociedad de Directores Audiovisuales, Guionistas y Dramaturgos (ATN) firmaron un acuerdo que tiene por finalidad cumplir con los derechos de remuneración a favor de los autores de obras cinematográficas y audiovisuales en el país latinoamericano.
En primer lugar, la Ley núm. 20.243 regula los derechos morales y patrimoniales de los artistas intérpretes o ejecuciones en relación con las actuaciones fijadas en formato audiovisual. El artículo 4 dispone que “el pago de la remuneración será exigible de quien lleve a efecto alguna” de las modalidades de explotación, como la comunicación pública, incluida la modalidad puesta a disposición al público por medios interactivos.
Posteriormente, en octubre de 2016, el Congreso de Chile aprobó la Ley núm. 20.959 — conocida como “Ley Ricardo Larraín” —, que extiende la aplicación y los efectos jurídicos de la Ley núm. 20.243, estableciendo que “los directores y guionistas de las obras audiovisuales gozarán también del derecho irrenunciable e intransferible a percibir una remuneración”.
Derivado de lo anterior, Anatel y ATN firmaron un acuerdo por el que se reconoce que las entidades de radiodifusión tienen la obligación de abonar una remuneración por la explotación autorizada de las obras cinematográficas y audiovisuales, en especial cuando estas sean exhibidas en televisión. Asimismo, las entidades acordaron el pago de una tarifa fija que será aplicable los próximos 8 años y tramitada mediante una entidad de gestión colectiva que represente a los autores.
Por último, cabe señalar que la Asociación Nacional de Televisión de Chile es una asociación que organiza los distintos canales que integran la televisión chilena, mientras que la Sociedad de Directores Audiovisuales, Guionistas y Dramaturgos (ATN) es una entidad encargada de proteger y defender los derechos de propiedad intelectual de los autores audiovisuales.
En relación a la regulación establecida en España, el art. 90 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) reconoce a favor de los directores y guionistas de obras cinematográficas y demás obras audiovisuales una remuneración por la comunicación al público de las obras audiovisuales a través del alquiler, la proyección en salas de cine, la puesta a disposición del público y la radiodifusión.
Fuentes: Anatel (Anatel firma histórico acuerdo con directores y guionistas de ATN), Congreso de Chile (Leyes núm. 20.243 y 20.959 que establece y extiende las normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual), CISAC (Anatel firma histórico acuerdo con directores y guionistas), Boletín Oficial del Estado – BOE (Real Decreto Legislativo 1/1996, del 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).