Dinamarca: Los ISPs se comprometen a bloquear las páginas y servicios que pongan a disposición del público contenidos protegidos de forma ilícita

  • 11 Jun, 2020
  • Leire Gutierrez Vázquez
DinamarcaOrden de Bloqueo

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 18 de mayo de 2020, la Rights Alliance (Rettighedsalliancen), una organización dedicada a la protección de los derechos de propiedad intelectual en Internet, y los proveedores de servicios de Internet (ISPs) de Dinamarca, han firmado un Código de conducta, bajo el título “Code of Conduct for håndtering af afgørelser om blokering af adgang til tjenester, der krænker immaterielle rettigheder”, a través del cual, los ISPs locales se comprometen a adoptar medidas para reducir las infracciones a los derechos de propiedad intelectual en Internet.

Como señala el texto del código, se agilizará y simplificarán las órdenes de bloqueo de los nombres de dominio que se utilicen para comunicar al público obras y prestaciones protegidas sin autorización de los titulares de los derechos. En este sentido, el código señala que cualquier orden judicial emitida por los tribunales a un ISP en relación a una página web o servicio ilegal, será extensible al resto de ISPs sin necesidad de una orden para cada uno.

Para la aplicación de lo firmado, el punto de partida será que un representante autorizado por la Rights Alliance acuda a los tribunales competentes de Dinamarca para solicitar el bloqueo de una página web o servicio en particular, así como sus servicios asociados, ante la detección de una infracción de los derechos de propiedad intelectual. En caso de que la orden de bloqueo del nombre de dominio solicitada sea positiva, el organismo se pondrá en contacto con el servicio en cuestión para informarle, y se enviará al ISP la decisión del tribunal, que deberá ser extensible al resto en virtud del Código de conducta firmado. El bloqueo deberá realizarse en un plazo máximo de 7 días hábiles.

Así mismo, el código prevé que los ISPs no solo bloquearán la página o servicio web infractor, sino todas las páginas que estén asociadas al mismo, y estén cubiertas por la orden de bloqueo de la página o servicio en cuestión. Por su parte, la Rights Alliance se compromete a avisar previamente a los ISPs de la solicitud a los tribunales de las ordenes de bloqueo.

La firma del Código de conducta ha sido posible gracias a la colaboración conjunta de la Right Alliance, el Ministerio de Cultura de Dinamarca y Share With Care, quien ha representado a los ISPs locales durante todo el proceso.

Como informó el Instituto Autor en el mes de mayo, en los últimos 10 años se han impulsado en Dinamarca medidas para la protección de los derechos de propiedad intelectual en Internet, así como reformas legislativas importantes, como la aprobada en el año 2014, que incluyó circunstancias agravantes (art.76) en las penas (pudiendo incrementarse a prisión en un año y 6 meses), para quienes vulnerasen los derechos de autor cometiendo delitos comerciales, o a través de la puesta a disposición al público de las obras y prestaciones protegidas en Internet sin autorización.

Un informe publicado por la Rights Allianc en el mes de mayo 2020, vino a señalar que en el año 2019 los ISPs locales bloquearon un total de 141 páginas web, siendo un 40% menores las visitas a este tipo de páginas que en el año 2018. A pesar de los datos positivos, el informe ponía de manifiesto que el mercado está cambiando de forma rápida y de forma descentralizada, haciendo que cada vez exista más contenido ilícito en proveedores de servicios de contenido legales como Facebook o YouTube.

En este sentido, el art.17 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor en el mercado único digital, aprobada en 2019, obligará a los proveedores de contenidos a celebrar acuerdos de licencia “justos y adecuados” para cubrir los actos de explotación que se realicen dentro de sus servicio – que no podrán amparar su actividad en la exención de responsabilidad prevista en el art.14 de la Directiva 2000/31/CE de Comercio electrónico – y poner fin a la “brecha de valor” o “value gap”, en aras de que los titulares de los derechos reciban una remuneración justa y adecuada por el uso que se realiza de sus obras y prestaciones protegidas en los citados servicios.

Fuentes: Instituto Autor (Dinamarca: Novedades sobre las órdenes de bloqueo de los tribunales para la protección de las obras y prestaciones protegidas en Internet), Rights Alliance (Code of Conduct for håndtering af afgørelser om blokering af adgang til tjenester, der krænker immaterielle rettigheder”).

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