Francia: Entra en vigor el Decreto nº 2022-779 que modifica el procedimiento sancionador regulado por el Consejo Superior del Audiovisual

  • 7 Sep, 2022
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Contenido AudiovisualDirectiva (UE) 2018/1808FranciaReforma de ley

Andrea Hernández Bermúdez.

El 4 de mayo de 2022, se publicó el Decreto número 2022-779 (Décret no 2022-779 du 2 mai 2022 modifiant le décret no 2013-1196 du 19 décembre 2013 relatif à la procédure de sanction mise en œuvre par le Conseil supérieur de l’audiovisuel en application de l’article 42-7 de la loi no 86-1067 du 30 septembre 1986 relative à la liberté de communication), por el que se modifica el decreto nº 2013-1196, de 19 de diciembre de 2013, para incluir los cambios establecidos en la normativa de comunicación audiovisual y digital en relación con la Ley nº 2021-1382, de 25 de octubre de 2021.

Al respecto, el Observatorio Audiovisual Europeo (European Audiovisual Observatory – EAO), señala que por medio del artículo 42-7 de la Ley número 86-1067 relativa a la libertad de comunicación (Loi n° 86-1067 relative à la liberté de communication– Ley Léotard), se estableció un procedimiento sancionador especial contra los prestadores de servicio de comunicación audiovisual (PSCA) concebido para garantizar el respeto del derecho de defensa y de contradicción. A partir de este procedimiento los PSCA serán notificados sobre los hechos que justifican la apertura del procedimiento sancionar, pudiendo presentar su oposición en el plazo de un mes desde la notificación. Durante el proceso de investigación se realizaran las audiencias que se consideren necesarias y finalizado esa etapa el encargado del proceso sancionador presentará un informe al organismo regulador o a una comisión compuesta por cinco miembros para que se adopte una sanción o no.

Por su parte, la Ley nº 2021-1382 modificó la normativa al cambiar el nombre del organismo regulador a Autoridad de Regulación de la Comunicación Audiovisual y Digital (Autorité de Régulation de la Communication Audiovisuelle et Numérique -ARCOM), como informó el instituto de Autor. Además, se incluyó la obligación de los editores de servicios de contribuir al desarrollo de la producción de obras de ficción, de animación, de documentales de creación, pudiéndose tener en cuenta la adaptación de la obra para las personas ciegas o deficientes visuales y, en el caso de las obras cinematográficas, incluir una parte para su distribución.

En atención al proceso sancionador, la Ley nº 2021-1382 incluyó la posibilidad de incorporan más participantes en el proceso para una tramitación más afectiva. Así mismo, se promovió la creación de comisiones dedicadas a los procedimientos de sanción relacionados con el incumplimiento de la obligación de contribuir al desarrollo de la producción audiovisual. Específicamente, el art.25 de la ley nº 2021-1382 modificó el artículo 42-2 de la citada Ley Léotard para que se incluyera la sanción por incumplimiento de la obligación de contribuir al desarrollo de la producción, cuyo importe máximo no podrá exceder del doble del importe de la obligación que debe dedicarse anualmente a la producción.

En este sentido, el EAO publicó el informe llamado “Invertir en obras europeas: las obligaciones de los proveedores de video a la carta” (Investing in European works: the obligations on VOD providers) detalló que en Francia, los proveedores de video a la carta por suscripción (Subscription Video on Demand) deben dedicar el 20% del volumen de negocios neto anual que generan en Francia a la financiación de la producción cinematográfica y audiovisual europea o francesa y al menos 25% si ofrecen, como mínimo, un largometraje al año en un periodo inferior 12 meses después de su estreno en Francia. Así mismo, los demás servicios de VoD, deben destinar un 15% del volumen de negocios anual que provenga de la explotación de obras audiovisuales, de la cual al menos el 12% a producciones originales en lengua francesa.

En el caso de España, como informamos, el 9 de julio de 2022 entró en vigor la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, por medio de la cual se transpone la Directiva 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE (Directiva de servicios de comunicación audiovisual). En este sentido, el Capítulo III (Promoción de obra audiovisual europea y de la diversidad lingüística) regula la obligación de contribuir financieramente las obras audiovisuales, de aplicación a los PSCA que prestan sus servicios en España o que los dirigen al territorio español.

Al respecto, el art.115 establece que los PSCA televisivo lineal deben reservar el 51% del tiempo de emisión anual de su programación a obras audiovisuales europeas, de este porcentaje, al menos el 50% se reservará a obras en las lenguas oficiales del Estado o de las Comunidades Autónomas (CCAA). Mientras que, el art.116 determina que los PSCA bajo demanda deberán reservar, al menos, el 30% de su catálogo a obras europeas, de este porcentaje, el 50% irá destinado a obras en lengua oficial del Estado o de las CCAA. Finalmente, el art.117 incorpora la obligación de los PSCA televisivo lineal o a petición, a financiar anticipadamente obras audiovisuales europeas, ya sea a través de la participación directa en la producción de las obras, mediante la adquisición de los derechos de explotación de las mismas y/o mediante la contribución al Fondo de Protección a la Cinematografía o al Fondo de fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas cooficiales distintas al castellano.

 

Fuentes: Legifrance (Décret n° 2022-779 du 2 mai 2022 modifiant le décret n° 2013-1196 du 19 décembre 2013, JO du 4 mai 2022, Loi nº 2021-1382 du 25 octobre 2021 relative à a régulation et à la protection de l’accès aux œuvres culturelles à l’ère numérique, Décret n° 2013-1196 du 19 décembre 2013 relatif à la procédure de sanction mise en œuvre par l’Autorité de régulation de la communication audiovisuelle et numérique en application de l’article 42-7 de la loi n° 86-1067 du 30 septembre 1986 relative à la liberté de communication, Loi n° 86-1067 du 30 septembre 1986 relative à la liberté de communication (Loi Léotard)); Instituto Autor (Francia: Novedades en la protección de los derechos de propiedad intelectual y las ayudas destinadas a las salas de cine, España: Entra en vigor la Ley 13/2022 General de Comunicación Audiovisual); Observatorio Audiovisual Europeo ([FR] Arcom Sanction Procedure Clarified, Investing in European works : the obligations on VOD providers); BOE (Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, DIRECTIVA (UE) 2018/1808 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de noviembre de 2018 por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual)).

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