Grecia: Se aprueban nuevas sanciones por la vulneración de los derechos de propiedad intelectual

  • 6 Mar, 2025
  • Silvia Pascua Vicente
LegislaciónPropiedad Intelectual

Silvia Pascua Vicente.

El 21 de febrero de 2025, se publicó en la Gaceta del Gobierno (ΤΕΥΧΟΣ ΠΡΩΤΟ) la “Ley núm. 5179/2025” (NOMOΣ ΥΠ’ ΑΡΙΘΜ. 5179), que incluye, entre otras cuestiones, medidas para prevenir la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en línea.

En particular, en materia de propiedad intelectual, la ley modifica el art.65.a (Sanciones administrativas) de “Ley 2121/1993 de Derechos de autor, derechos conexos y cuestiones culturales” (ΝΟΜΟΣ ΥΠ’ΑΡΙΘ.2121 ΦΕΚ Α΄25/3.3.1993. Πνευματική ιδιοκτησία, συγγενικά δικαιώματα και πολιτιστικά θέματα), que regula las sanciones administrativas por la vulneración de los derechos de propiedad intelectual.

En este sentido, el art.82 de la “Ley núm. 5179/2025” modifica el art.65.a de la “Ley 2121/1993” y regula la posibilidad de imponer multas administrativas a quienes infrinjan los derechos de propiedad intelectual accediendo, de cualquier manera a una obra audiovisual, a una emisión de un organismo de radiodifusión o aun acontecimiento en vivo, incluidos aquellos en los que la posibilidad de visualización se ofrece a través de prestadores de servicios de comunicación audiovisual y prestadores de servicios, sin autorización.

En cuanto a la cuantía de las sanciones a los usuarios, estas serán de hasta 750€ para los usuarios finales que accedan a servicios de suscripción ilícitos o contenido protegido sin autorización. En el supuesto de comunicación al público en lugares públicos, la sanción será de hasta 1.500€. Por último, podrán imponerse sanciones de hasta 5.000€ en los supuestos en los que se obtenga un beneficio económico directo o indirecto.

La Comisión para la Notificación de Infracciones en Línea de Derechos de Propiedad Intelectual y Derechos Afines (H Επιτροπή για τη Γνωστοποίηση Διαδικτυακής Προσβολής Δικαιωμάτων Πνευματικής Ιδιοκτησίας και Συγγενικών Δικαιωμάτων – ΕΔΠΠΙ), es un órgano especial del Ministerio de Cultura (Υπουργείο Πολιτισμού) encargado de la protección de los derechos de propiedad intelectual. Esta Comisión será la encargada de actuar tras recibir las denuncias de los titulares de derechos. El procedimiento, regulado en el art.66 de la “Ley 2121/1993”, establece que, una vez notificada a la parte denunciada la apertura del procedimiento incoado para el cierre de la página web, esta tiene un plazo de 10 días para responder. Cumplidos todos los plazos legales, y el plazo máximo de 40 días para pronunciarse, procede a emitir su resolución del caso.

Fuentes: ΤΕΥΧΟΣ ΠΡΩΤΟ (NOMOΣ ΥΠ’ ΑΡΙΘΜ. 5179).

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