Países Bajos: El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las sentencias emitidas por los tribunales en materia de propiedad intelectual

  • 4 Ene, 2023
  • Silvia Pascua Vicente
Jurisprudenciarecopilatorio

Silvia Pascua Vicente.

El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las sentencias emitidas por los tribunales de los Países Bajos en materia de propiedad intelectual. En particular, se analizan los pronunciamientos judiciales relacionados con el pago de la compensación por copia privada respecto de productos reacondicionados, la titularidad de los derechos de explotación de una obra musical y la puesta a disposición al público de una fotografía en un periódico digital.

Tribunal de primera instancia del Distrito de La Haya

El 26 de octubre de 2022, el tribunal de primera instancia del Distrito de La Haya (Rechtbank Den Haag) se pronunció – ECLI:NL:RBDHA:2022:11038 – sobre el pago de la compensación por copia privada en relación con productos reacondicionados. El asunto enfrenta, por un lado, a Stichting de Thuiskopie, entidad encargada de la gestión y recaudación de la compensación por copia privada (demandante) y, por otro lado, a una empresa de tecnología (demandada).

Como recogen los hechos del fallo, la empresa demandada comercializa productos reacondicionados y ensamblados. En este contexto, la demandante reclamó el abono de varias facturas pendientes en concepto de compensación por copia privada. Por su parte, la empresa de tecnología alegó que no realiza actividades de “fabricación, importación o venta de objetos sujetos al pago de la compensación”.

Al respecto, el tribunal señala que el art. 16c de la ley de derechos de autor (Auteurswet) establece que los obligados al pago de la compensación son los “fabricantes o importadores”. En este sentido, la interpretación de la demandante – que incluye dentro del concepto de «fabricante» a quien «modifica, renueva, controla y/o reconstruye» un objeto preexistente, al considerar que no puede ser utilizado por un nuevo usuario final para realizar copias privadas- podría contravenir el principio de seguridad jurídica.

Sin embargo, el tribunal aclara que debe realizarse un análisis individualizado de cada caso, ya que el reacondicionamiento de un dispositivo podría, en ciertos supuestos, considerarse equivalente a una fabricación en el sentido del art. 16w de la Ley de Derechos de Autor.

Por otro lado, el tribunal ordena el pago de la compensación por las importaciones realizadas por la demandada. A este respecto, señala que el pago de la compensación debe efectuarse siempre, con independencia del volumen de productos importados.

Finalmente, también establece el pago de la compensación en relación con los objetos “ensamblados”, entendidos como la “fabricación” de nuevos dispositivos a partir de otros antiguos. En consecuencia, la demandada adquiere la condición de fabricante, al tratarse de un nuevo dispositivo.

Tribunal de primera instancia de Ámsterdam

El 11 de octubre de 2022, el tribunal de primera instancia de Ámsterdam (Rechtbank Amsterdam) se pronunció sobre la puesta a disposición al público de una fotografía sin autorización. El asunto enfrenta, por un lado, a un fotógrafo (demandante) y, por otro lado, a un periódico digital (demandado).

De acuerdo con los hechos expuestos en la sentencia, el periódico digital utilizó reiteradamente una fotografía realizada por el demandante para ilustrar los artículos escritos por un conocido periodista, quien había recibido los derechos sobre dicha imagen. Ante esta situación, el demandante denunció la puesta a disposición al público no autorizada de la fotografía.

La sentencia hace referencia al art. 19.3 de la Ley de derechos de autor (Auteurswet), que establece que “respecto a un retrato fotográfico, la publicación del mismo en un periódico o revista por o con el consentimiento de una de las personas mencionadas en el párrafo 1 (por o en beneficio de la persona retratada) no tendrá la consideración de infracción de los derechos de propiedad intelectual, siempre que se incluya el nombre del autor”.

A partir de esta disposición, el tribunal concluyó que, aunque la fotografía fue encargada y tomada por un tercero, se realizó en beneficio del periodista. Por lo tanto, el periódico digital solo necesitaba la autorización del periodista para su publicación.

Tribunal de primera instancia de Países Bajos Centrales

El 7 de septiembre de 2022, el tribunal de primera instancia de Países Bajos Centrales (Rechtbank Midden-Nederland) se pronunció – Sentencia C/16/526388 / HA ZA 21-574 – sobre la titularidad de los derechos de explotación de una obra musical. El asunto enfrenta, por un lado, a la heredera del autor (demandante) y, por otro lado, al hermano del autor (demandado).

Según lo dispuesto en la sentencia, amigos y compañeros del autor recopilaron sus obras musicales, las cuales fueron incorporadas en un CD del que se produjeron varias copias físicas. Posteriormente, tras el fallecimiento del autor, el demandado, con la autorización de la demandante, autorizó la reproducción y distribución de la obra en formato físico. Sin embargo, las partes no lograron acordar el reparto de ingresos, por lo que la heredera solicitó la entrega del original de la obra, así como una declaración completa de las ganancias obtenidas por su comercialización.

A raíz de lo anterior, el tribunal determinó que la titularidad de los derechos de explotación correspondía a la demandante, quien había notificado la rescisión de cualquier cesión previa. En consecuencia, el tribunal condenó al demandado a entregar el original de la obra, a presentar una declaración de ingresos y gastos derivados de su explotación y al pago de un anticipo por los ingresos obtenidos.

Fuentes: IE – Forum (ECLI:NL:RBDHA:2022:11038; C/16/526388 / HA ZA 21-574; DutchNews maakt geen inbreuk op auteursrechten fotograaf).

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