Países Bajos: El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las sentencias emitidas por los tribunales en materia de propiedad intelectual
- 4 Ene, 2023
Silvia Pascua Vicente.
El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las sentencias emitidas por los tribunales de los Países Bajos en materia de propiedad intelectual. En particular, analizamos los pronunciamientos de los tribunales en relación con el pago de la compensación por copia privada respecto de productos reacondicionados, la titularidad de los derechos de explotación de una obra musical y la puesta a disposición al público de una fotografía en un periódico digital.
Tribunal de primera instancia del Distrito de la Haya
El 26 de octubre de 2022, el tribunal de primera instancia del Distrito de la Haya (Rechtbank Den Haag) se pronunció – ECLI:NL:RBDHA:2022:11038 – sobre el pago de la compensación por copia privada respecto de los productos reacondicionados. El asunto enfrenta, por un lado, a Stichting de Thuiskopie, entidad encargada de la gestión y recaudación de la compensación por de copia privada (demandante) y, por otro lado, a una empresa de tecnología (demandada).
Como recogen los hechos del fallo, la demandada es una empresa de tecnología que comercializa productos reacondicionados y ensamblados. En este sentido, la demandante solicitó el abono de varias facturas pendientes en concepto de compensación por copia privada. Por su parte, la empresa de tecnología señaló que ellos no se encargan de la “fabricación, importación o venta de objetos sujetos al pago de la compensación”.
En relación con lo anterior, el tribunal señala que el art.16c de la ley de derechos de autor (Auteurswet) determina que los acreedores de la compensación serán los “fabricantes o importadores”. En este sentido, como recoge la sentencia, la interpretación realizada por la demandante, de incluir dentro del concepto de “fabricante” a la entidad por “modificar, renovar, controlar y/o reconstruir” un objeto prexistente al considerar que el objeto puede ser utilizado por un nuevo usuario final para realizar copias privadas, puede ser contrario al principio de seguridad jurídica.
Sin embargo, aclara que debe realizarse un análisis particular de cada caso, ya que puede ser que al realizar el reacondicionamiento de un dispositivo se reconstruya de manera que pueda considerarse fabricación en el sentido del art.16w de la Ley de Derechos de Autor.
Por otro lado, el tribunal ordena el pago de la compensación por las importaciones realizadas por la demanda. A este respecto, señala que el pago de la compensación debe realizarse siempre, independientemente del volumen de productos importados.
Finalmente, también determina el pago de la compensación respecto de los objetos “ensamblados”, entendidos como la “fabricación” de nuevos dispositivos a partir de otros antiguos, por tanto, la demanda tendrá la consideración de fabricante, al tratarse de un nuevo dispositivo.
Tribunal de primera instancia de Ámsterdam
El 11 de octubre de 2022, el tribunal de primera instancia de Ámsterdam (Rechtbank Amsterdam) se pronunció sobre la puesta a disposición al público de una fotografía sin autorización. El asunto enfrenta, por un lado, a un fotógrafo (demandante) y, por otro lado, a un periódico digital (demandado).
Como recoge los hechos del fallo, el periódico digital utiliza, de forma reiterada, una fotografía realizada por el demandante para ilustrar los artículos escritos por un conocido periodista, el cual había cedido los derechos sobre la fotografía. Ante esta situación, el demandante reclama la puesta a disposición al público no autorizada de la fotografía.
Como recoge la sentencia, el art.19.3 de la Ley de derechos de autor (Auteurswet) regula que “respecto a un retrato fotográfico, la publicación del mismo en un periódico o revista por o con el consentimiento de una de las personas mencionadas en el párrafo 1 (por o en beneficio de la persona retratada) no tendrá la consideración de infracción de los derechos de propiedad intelectual, siempre que se incluya el nombre del autor”.
Derivado de lo anterior, el tribunal sostuvo que, aunque la fotografía fue encargada y ejecutada por un tercero, se realizó en beneficio del periodista, por tanto, el periódico digital solo necesitaba la autorización del periodista para la puesta a disposición al público de la fotografía.
Tribunal de primera instancia de Países Bajos Centrales
El 7 de septiembre de 2022, el tribunal de primera instancia de Países Bajos Centrales (Rechtbank Midden-Nederland) se pronunció – Sentencia C/16/526388 / HA ZA 21-574 – sobre la titularidad de los derechos de explotación de una obra musical. El asunto enfrenta, por un lado, a la heredera del autor (demandante) y, por otro lado, al hermano del autor (demandado).
Según lo dispuesto en la sentencia, amigos y compañeros del autor de varias obras musicales realizaron un recopilatorio de todas sus obras que fueron incorporadas en CD, del cual se realizaron varias copias físicas. Posteriormente, tras el fallecimiento del autor el demandado, con la autorización de la demandante, autorizó la reproducción y distribución en formato físico de la obra. Posteriormente, las partes no se pusieron de acuerdo sobre los porcentajes de distribución de los ingresos, por ello, la heredera solicitó la entrega del original de la obra y una declaración completa de las ganancias obtenidas por la comercialización de la obra.
Derivado de lo anterior, el tribunal sostuvo que la titularidad de la obra correspondía a la demandante, la cual había informado sobre la rescisión de la cesión, condenando al demandado a la entrega del original, así como la entrega de una declaración de los ingresos y gastos derivados de la explotación de la obra y el pago de un anticipo por los ingresos obtenidos.
Fuentes: IE – Forum (ECLI:NL:RBDHA:2022:11038; C/16/526388 / HA ZA 21-574; DutchNews maakt geen inbreuk op auteursrechten fotograaf).