Países Bajos: Un tribunal de apelación se pronuncia sobre la protección por el derecho de autor de una obra arquitectónica

  • 27 Feb, 2025
  • Lidia García-Romeral Fernández
Obra arquitectónica

Lidia García-Romeral Fernández

El 14 de enero de 2025, el Tribunal de apelaciones de Arnhem-Leeuwarden (Gerechtshof Arnhem-Leeuwarden) se pronunció – ECLI:NL:GHARL:2025:110 -sobre la protección por el derecho de autor de una obra arquitectónica. El asunto enfrenta, por un lado, a un arquitecto (demandante) y, por otro, a una pareja de empresarios (demandados).

De acuerdo con los hechos descritos en la sentencia, ambas partes colaboraron en el desarrollo de un sistema modular de construcción, caracterizado por elementos distintivos como paredes continuas, balcones de vidrio y una fachada retranqueada con puertas correderas. Tras la ruptura de la relación comercial, los demandados continuaron utilizando y comercializando el diseño bajo su propia marca, lo que llevó al arquitecto a interponer una demanda por infracción de derechos de autor.

El tribunal analizó si el diseño arquitectónico en cuestión cumplía con los requisitos de originalidad para ser protegido por el derecho de autor, de acuerdo con la Ley de Derecho de Autor (Auteurswet). Al respecto, el tribunal tuvo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Brompton (C-833/18), según la cual una obra puede beneficiarse de protección si refleja la impronta creativa de su autor y no es meramente funcional, es decir, si el diseño no cumple solo con una función técnica.

En este sentido, el tribunal consideró que el sistema modular diseñado por el arquitecto cumplía con estos criterios, al incorporar elementos estéticos y decisiones creativas más allá de meros aspectos técnicos. En consecuencia, confirmó que el arquitecto ostentaba los derechos de autor sobre el diseño y las representaciones gráficas del mismo, lo que implicaba que cualquier reproducción sin su consentimiento constituía una infracción.

Asimismo, el tribunal de apelación concluyó que los demandados habían vulnerado estos derechos al continuar utilizando y divulgando imágenes del sistema modular en su página web y redes sociales, a pesar de una orden previa de cesar en su uso. En virtud del artículo 611ª del Código de Procedimiento Civil neerlandés (Wetboek van Burgerlijke Rechtsvordering), el tribunal confirmó la validez de las multas coercitivas impuestas por la infracción continuada, rechazando la solicitud de los demandados de su anulación.

Finalmente, el tribunal determinó el cese en el uso no autorizado, imponiendo multas coercitivas diarias. Además, se condenó a la parte demandada al pago de las costas procesales.

Fuentes: Gerechtshof Arnhem-Leeuwarden (ECLI:NL:GHARL:2024:5733), IE FORUM (Hof bevestigt auteursrecht architect op modulair bouwsysteem).

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