Países Bajos: Un tribunal se pronuncia sobre la necesidad de autorización previa para la comunicación al público de obras musicales
- 10 Oct, 2023
Sofia Alphin Arevalo
El 6 de septiembre de 2023, el Tribunal de primera instancia de Ámsterdam (Rechtbank Amsterdam), de Países Bajos, se pronunció sobre la obligación de solicitar autorización previa para la comunicación al público de obras musicales.
El asunto enfrenta como demandante a BUMA (Vereniging BUMA), entidad de gestión colectiva de derechos de autor de obras musicales; y a las empresas organizadoras de eventos, M.E.B Events, Popupclub y una tercera sociedad de responsabilidad limitada, como demandados.
Como señalan los hechos del fallo, entre los años 2015 a 2021 los demandados organizaron una serie de eventos musicales, en los cuales los folletos promocionales incluían artistas (Djs) que realizaban actos de comunicación publica de obras musicales de otros artistas.
A colación de lo anterior, después de una serie de reclamaciones por parte de BUMA sobre el pago de las tarifas correspondientes y la solicitud de una lista de todos los eventos organizados por los demandantes entre los años 2015 a 2021, la parte demandante decide interponer demanda el 24 de agosto de 2022.
BUMA solicita al tribunal que impida a los demandados la organización de cualquier evento que incluya obras musicales de los autores pertenecientes a la entidad de gestión, sin obtener previamente su consentimiento.
El tribunal de primera instancia establece que cualquier organizador que pretenda llevar a cabo actos de comunicación pública de obras de autores representados debe, antes del evento, obtener las licencias correspondientes y pagar las tarifas pertinentes a la entidad de gestión de derechos de autor, tal y como establece el art.12 de la Ley de derechos de autor (Auteurswet) y en el art.2 de la Ley de derechos conexos (Wet op de naburige rechten).
Por lo tanto, el tribunal concluye que cualquier persona jurídica o física que realice dicho acto sin la debida autorización estaría infringiendo los derechos de autor y derechos conexos del titular. Finalmente, el tribunal condena a los demandados y señala el pago de las tarifas correspondientes a los eventos realizados entre los años de 2015 a 2021, así como también los intereses de demora y las costas procesales.
Fuentes: Rechtspraak (Rechtbank Amsterdam – ECLI:NL:RBAMS:2023:5604).