España: Sentencia del Juzgado de lo Mercantil sobre el caso Kukuxumusu

  • 24 Mar, 2017
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Derecho de AutorDerecho de TransformaciónEspañaJurisprudenciaPropiedad Intelectual

Daniel Somoza Villarón.

El pleito tiene su origen en la demanda interpuesta por Kukuxumusu Ideas SL por infracción de derechos de propiedad intelectual contra Don M​, su equipo de trabajo y la mercantil Hombre de Paja SL. Por un lado, la parte actora argumenta que es la titular de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de los dibujos del “universo Kukuxumusu” que adquirió mediante contrato de cesión firmado con Don M, autor de dichos dibujos. En este sentido, considera que a través de la página web “www.katukisaguyaki.com” propiedad de los codemandados se venden productos con estampaciones del “Universo Kukuxumusu” infringiendo así los derechos de propiedad intelectual cuyo titular es la parte actora.

Por otro lado, los codemandados argumentan que esta demanda pretende impedirles hacer uso de su estilo y que sus dibujos no son plagios de los dibujos sobre los que la demandante reclama ser titular de los derechos de explotación​. En este sentido, sostienen que mediante el contrato de cesión lo que se cede son los dibujos concretos y no los personajes que se plasman en dichos dibujos.

El Juez indica que en la Audiencia Previa se fijó que el objeto de este procedimiento son los más de 3000 dibujos que fueron cedidos por los codemandados a la demandante. Por ello, declara que lo que hay que discutir es el alcance del derecho de transformación valorando si la nueva actividad artística desarrollada por los codemandados es lo suficientemente novedosa para ser considerada una obra nueva o si se trata de una obra derivada lo que infringiría el derecho de transformación.

Para dar luz sobre la actividad artística llevada a cabo por los codemandados, el Juez consideró de gran relevancia los informes periciales. Por una parte, en el primero de ellos se llegó a la conclusión de que los dibujos de Katuki Saguyaki presentan similitudes evidentes a los dibujos del “Universo Kukuxumusu” y que alguno de ellos son verdaderas copias. En este sentido, en un segundo informe realizado por el mismo perito se concluyó que los dibujos de Katuki Saguyaki presentan numerosas coincidencias básicas y por ello, niega que dichos dibujos sean una nueva creación. Por otra parte, el segundo perito considera lógico que haya coincidencias entre los dibujos ya que han sido realizados por el mismo autor e indica que no le parece adecuado plantear un conflicto formal de un artista consigo mismo.

Vistos dichos informes, el Juez considera que hay que tomar en consideración los dos primeros y falla estimando la demanda interpuesta por Kukuxumusu Ideas SL condenando a los codemandados a la cesación de la reproducción, de la distribución, de la comunicación pública y de la transformación de los dibujos del “Universo Kukuxumusu”, a retirar del mercado todas las unidades de los productos que hayan incorporado dichos dibujos, a indemnizar por daños y perjuicios a la parte actora y por último, a la expresa condena en costas.

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