Singapur: Entra en vigor la Ley No.22 que regula los derechos de autor y derechos conexos
- 14 Ene, 2022
Silvia Pascua Vicente.
El 21 de noviembre de 2021, el Ministerio de Justicia de Singapur (Ministery of Law) informó sobre la entrada en vigor de la Ley no.22 de 2021 (No. 22 of 2021), por la cual se promulga la “Ley de derechos de autor 2021” (Copyright Act 2021), aprobada por el Parlamento (Parliament) en septiembre del año 2021, y se deroga la antigua “Ley sobre Derecho de Autor (Capítulo 63) (Edición Revisada de 2006, modificada por la Ley de reforma de la Corte Suprema de Justicia de 2019)” (Copyright Act (Chapter 63) (Revised Edition 2006, as amended up to the Supreme Court of Judicature (Amendment) Act 2019).
Según lo dispuesto en el comunicado de prensa, la nueva normativa tiene como objeto adaptar la regulación al desarrollo tecnológico y las nuevas formas de creación, distribución, reproducción y comunicación al público de contenido protegido. Así mismo, se busca fortalece la protección de los autores y artistas intérpretes o ejecutantes, a través del desarrollo de nuevos derechos y el reconocimiento a los esfuerzos creativos.
La nueva ley establece, en el art.134, que los creadores de obras por encargo de fotografías, retratos, grabados, fonogramas y grabaciones audiovisuales tendrán la consideración de autores de las obras, salvo pacto en contrario. En este sentido, quienes encarguen la obra únicamente podrán utilizarla con el propósito para el que fue encargada.
Así mismo, se incluyen sanciones por la fabricación, comercialización, importación y distribución de dispositivos que permitan el acceso a contenido protegido de forma ilícita, como recoge el art.150 de la ley.
Por otro lado, a diferencia de lo dispuesto en la antigua normativa que no reconocía, dentro de los límites y excepciones a los derechos de propiedad intelectual, la puesta a disposición al público de contenido protegido, la nueva regulación establece que no se requerirá la autorización del titular de los derechos cuando se usen en línea contenido protegido con fines educativos, siempre que se realice por los profesores o alumnos dentro de las redes internas de las instituciones educativas, además deberá indicarse la fuente y fecha de acceso (art.204).
En línea con lo anterior, también se establece que no será necesaria la autorización del titular de los derechos para la reproducción y extracción de datos con el objeto de apoyar la investigación e innovación y siempre que el acceso se realice de forma lícita (art.244).
Por último, la nueva ley establece que cuando se usen, distribuyan o comuniquen al público, contenidos protegidos por propiedad intelectual, deberá identificarse de “forma clara y destacada” a los autores (art.373) por el uso de sus obras y a los artistas interpretes o ejecutantes (art.393) por el uso de sus interpretaciones o ejecuciones. En este sentido, se exceptúan aquellos supuestos en los que se desconozca la identidad del autor (art.374) o de los artistas interpretes o ejecutantes (art.394), cuando se trate de ciertos tipos de obras o actuaciones, y en los supuestos permitidos que se regulan a lo largo de la normativa.
Fuentes: Ministry of Law (Commencement of the Copyright Act), Singapore Statues Online (Copyright act 2021).