UE: El Instituto Autor realiza un recopilatorio sobre las novedades de la transposición de la Directiva (UE) 2018/1808 de servicios de comunicación audiovisual

  • 2 Jun, 2023
  • Silvia Pascua Vicente
Directiva (UE) 2018/1808Estados miembros

Silvia Pascua Vicente.

El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las últimas transposiciones, por parte de los Estados miembros, de la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), cuyo plazo de transposición finalizó el 19 de septiembre de 2020.

Como ha venido informando el Instituto Autor, el texto final de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual fue aprobado por el Parlamento Europeo en el año 2018, destacando la inclusión de un aumento de la producción europea y su promoción. En este sentido, la directiva establece que los Estados miembros tendrán la obligación de velar para que el contenido de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual sea, al menos, un 30% europeo, así como la obligación de que estos prestadores inviertan en la producción de obras europeas.

En relación con lo anterior, el plazo de transposición por parte de los Estados miembros a sus legislaciones nacionales finalizó el 19 de septiembre de 2020, sin que diferentes países la hubieran completado. Al respecto, el Observatorio Audiovisual Europeo (Observatoire européen de l’audiovisuel) dispone de una tabla de seguimiento de la transposición por parte de los Estados miembros.

En este sentido, en el año 2023, diferentes países han continuado desarrollando la transposición. Al respecto, destacamos el caso de Bulgaria, España, Francia, Países Bajos y Republica Checa.

Bulgaria

El 1 de febrero de 2023, entró en vigor el Código de Conducta (Кодексът за поведение) sobre medidas para evaluar, señalar y restringir el acceso a programas que sean desfavorables o generen riesgo perjudicial al desarrollo físico, psíquico, moral y/o social de los niños.

Como recoge el comunicado de prensa, el Código ha sido adoptado mediante Acuerdo No. RD-05-7 del 12 de enero de 2023 por el Consejo de Medios Electrónicos (Съветът за електронни медии), la Asociación de Operadores de Radio y Televisión de Bulgaria (Асоциацията на българските радио- и телевизионни оператори), la Radio Nacional de Bulgaria y la Televisión Nacional de Bulgaria (Българското национално радио и Българската национална телевизия), de acuerdo con el art. 17a, párr. 3 de la Ley de Radio y Televisión (Закона за радиото и телевизията). 

En relación con lo anterior, el código tiene como objeto regular la protección de las audiencias infantiles en el sentido de la Ley de Radio y Televisión y del art.6.bis de la Directiva de Servicios de comunicación audiovisual relativo a la protección de los menores. Así mismo se señala que el Código será vinculante para todos los proveedores de servicios de medios lineales y no lineales bajo la jurisdicción de Bulgaria.

Republica Checa

En abril de 2023, el Consejo de Radiodifusión y Televisión (Council for Radio and Television Broadcasting – RRTV) publicó recomendaciones para que los proveedores de servicios de video bajo demanda y los operadores de radiodifusión de televisión lleven a cabo planes de acción para hacer que los programas sean accesibles para las personas con discapacidad auditiva y visual.

En este sentido, las recomendaciones se incluyen bajo el marco del art.7 de la directiva, en relación con la “accesibilidad de las personas con discapacidad visual”, el cual establece que los Estados miembros deben garantizar que los servicios de los proveedores de servicios de comunicación sean accesibles para las personas con discapacidad de forma continua y progresiva mediante medidas proporcionadas.

España

El 17 de abril de 2023, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) – órgano encargado de la supervisión y el control del funcionamiento de mercado audiovisual – publicó su informe sobre el borrador de Real Decreto por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual, de Prestadores del Servicio de Intercambio de Vídeos a través de plataforma y de Prestadores del Servicio de Agregación de Servicios de Comunicación Audiovisual (Borrador del Real Decreto), el cual incluye la incorporación de los vloggers como prestadores de servicios de comunicación audiovisual.

De acuerdo a lo dispuesto en el borrador del real decreto, la Directiva (UE) 2018/1808 relativa a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual – DSCA) establece en el art.2.5 ter y el art.28 bis.6 que “los Estados miembros establecerán y mantendrán actualizada una lista de los prestadores de servicios de comunicación sujetos a su jurisdicción (..)”. Así mismo, el art.39 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) crea el Registro estatal de prestadores de servicios.

Por otro lado, cabe señalar que en julio de 2022, entró en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, la cual transpone la Directiva de servicios de comunicación audiovisual.

Francia

El 2 de marzo de 2023, la Asamblea Nacional (Assemblée nationale) aprobó el proyecto de ley que tiene por objeto establecer una mayoría para hacer frente al odio en línea (Proposition de loi visant à instaurer une majorité numérique et à lutter contre la haine en ligne), que incluye la obligación de los proveedores de servicios de redes sociales de implementar soluciones técnicas para verificar la edad de los usuarios para la protección de los menores de edad.

Países Bajos

El 17 de febrero de 2023, el Comisariado de medios (Comissariat voor de Media – CVDM) publicó dos revisiones de sus políticas sobre la cuota para contenidos de medios independientes europeos, programación original en holandés y programación con subtítulos para personas con discapacidad auditiva para los medios públicos, instituciones y organizaciones comerciales.

Por último, destacar que, como informamos, en octubre de 2022 el Parlamento Europeo publicó el informe titulado “Transposición de la Directiva 2018 de Servicios de Comunicación Audiovisual. Implementación en acción” (Transposition of the 2018 Audiovisual Media Services Directive), con el objeto de proporcionar una descripción general sobre la transposición de la Directiva 2018/1808 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

Fuentes: Observatoire européen de l’audiovisuel (Revised AVMSD tracking table; The code of conduct for the protection of children entered into force), Съветът за електронни медии (Съобщение), RRTV (Doporučení poskytovatelům audiovizuálních mediálních služeb na vyžádání ke zpracování Akčních plánů zpřístupňování nabízených pořadů pro osoby se sluchovým postižením a osoby se zrakovým postižením (dále „Akční plány“) na období ode dne 1. července 2023 do dne 30. června 2025 (dále „zkrácené období“);Doporučení provozovatelům jiného než celoplošného televizního vysílání ke zpracování Zaváděcích plánů zpřístupňování televizních pořadů pro osoby se sluchovým postižením a osoby se zrakovým postižením (dále „Zaváděcí plány“) na období ode dne 1. července 2023 do dne 30. června 2025 (dále „zkrácené období“); Instituto Autor (UE: El Parlamento Europeo analiza la transposición de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual por los Estados miembros; España: El nuevo Registro Audiovisual incluirá a los vloggers como prestadores de servicios de comunicación audiovisual; España: Entra en vigor la Ley 13/2022 General de Comunicación).

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