UE: La Comisión Europea publica el “Informe sobre la protección y la garantía de respeto de los derechos de propiedad intelectual en terceros países”
- 22 Ene, 2020

Leire Gutiérrez Vázquez.
El 8 de enero de 2020 la Comisión Europea (CE) ha publicado un informe sobre “La protección y la garantía de respeto de los derechos de propiedad intelectual en los terceros países”, con el objeto de identificar aquellos Estados no miembros de la Unión Europea (UE) que no disponen de una regulación garantista para la protección de los derechos de propiedad intelectual tanto en el entorno físico como en el entorno digital. El informe establece una lista actualizada de “países prioritarios”, en donde se incluye aquellos países cuyas legislaciones contienen deficiencias que podrían causar un grave perjuicio económico a los intereses de la UE.
Concretamente, el informe configura la lista de países prioritarios en 3 partes. En la Prioridad 1 sitúa a China, en la lista de Prioridad 2 a India, Indonesia, Rusia, Turquía y Ucrania, y, por último, en la Prioridad 3 incluye a Argentina, Brasil, Ecuador, Malasia, Nigeria, Arabia Saudita y Tailandia.
En el caso de China situado en la Prioridad 1, el informe señala que su inclusión en este listado se debe a la magnitud y a los constantes problemas que tiene el país en la protección de los derechos de propiedad intelectual y su aplicación donde varias fuentes señalan que el 80% de los productos falsificados y pirateados incautados en la UE proceden de China. Si bien el informe destaca que China ha implementado juzgados específicos para la protección de la propiedad intelectual y la creación de una Administración Nacional de la Propiedad Intelectual, la CE está a la espera de que el país modifique su actual regulación sobre derechos de autor y se incluya un derecho de remuneración para la comunicación al público de obras musicales publicadas con fines comerciales, así como la ampliación del plazo de protección de los derechos de autor.
En el caso de los países en la Prioridad 2, la CE señala que se han identificado problemas graves en el sistema de protección de los derechos, lo que ha causado un grave perjuicio a las empresas de la UE. Como informó el Instituto Autor, en el caso de India la CE destaca su progreso legislativa de los últimos años al recordar su adhesión al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Derecho de Autor (WCT) y al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretaciones o Ejecuciones y Fonogramas (WPPT), también conocidos como los “Tratados Internet de la OMPI”, y a la publicación de una consulta pública para la aprobación de una ley que regule el comercio electrónico y haga frente a las infracciones en el entorno digital.
En relación al resto de países integrantes de la lista, la CE destaca los progresos de Indonesia en la creación de un listado sobre páginas web que ponen a disposición del público contenidos protegidos de forma ilícita. En el caso de Rusia, el informe señala que la Ley Federal n.º 156, que entró en vigor el 1 de octubre de 2017, debería incluir también ordenes de bloqueo extrajudiciales para lo que denomina como “páginas web espejo”, esto es, páginas web que contienen contenido infractor clonado de otra página, cuando existan pronunciamientos judiciales en relación con la página web original donde se ponían a disposición del público los contenidos. En el caso de Turquía, la CE considera necesario reformar la Ley de derechos de autor, que en su opinión menoscaba el ejercicio del derecho exclusivo de distribución e introduce un régimen de agotamiento internacional.
En el caso de Ucrania, la CE destacada los progresos del país desde el 2018, año en que entró en vigor la Ley N.º 2415 para regulación de las entidades de gestión colectiva, y que mejoraba la seguridad jurídica en torno a estas entidades. A pesar de lo anterior, la CE opina que la Ley tiene deficiencias respecto a la distribución por cable y a la fijación de las tarifas.
Por último, para los países en la Prioridad 3, el informe dispone que también adolecen de problemas en sus mecanismos de protección, sin embargo, la gravedad y el número de los problemas identificados son menores que en el supuesto anterior. De los países incluidos en esta lista, destaca especialmente la inclusión de tres países de América Latina (Argentina, Brasil y Ecuador). En el caso de Argentina, la CE considera que es preciso el refuerzo de las medidas tecnológicas de protección en aras de cumplir con las disposiciones contenidas en el art.18 del WPPT. En Brasil, la Comisión señala se debe mejorar las disposiciones relativas a la gestión y pago del derecho de participación. En lo concerniente a Ecuador, la CE entiende que la regulación en materia de propiedad intelectual contiene un exceso de excepciones y limitaciones, especialmente en relación a la comunicación pública y radiodifusión.
Por último, el estudio también resalta que las industrias que utilizaron la propiedad intelectual de manera intensiva representaron unos 84 millones de empleos europeos y el 45% del PIB total de la UE en el período 2014-2016. El 82% de las exportaciones de la UE fueron generadas por industrias con un uso intensivo de propiedad intelectual. Así mismo, el informe calcula que 6,8% de todas las importaciones en la UE corresponde a productos falsificados o pirateados.
Para obtener los datos de este estudio la CE realizó entre el 18 de marzo y el 26 de mayo de 2019 una consulta pública. Para la selección de los países prioritarios se ha tenido en cuenta, además de otras fuentes (delegaciones UE, entidades aduaneras, entidades fiscales, entre otras), la información facilitada por terceros países en relación al estado de protección y el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
Fuentes: European Comision (Report on the protection and enforcement of intellectual property rights in third countries, Public consultation on the protection and enforcement of intellectual property rights in third countries), Nota de prensa de la Comisión Europea (La Comisión Europea aumenta la protección de la propiedad intelectual europea en los mercados mundiales, Instituto Autor (India se adhiere a los Tratados de Internet de la OMPI).