España: Un juez ordena a Telefónica, Vodafone, Orange y Xfera el bloqueo de dos páginas web

  • 19 Feb, 2018
  • Instituto Autor
EspañaPropiedad Intelectual

Lorenzo Martínez Ibánez
El Juzgado de lo mercantil nº 6 de Barcelona ha ordenado a Telefónica, Vodafone Ono, Orange y Xfera, que bloqueen el acceso de sus usuarios a las páginas HDFull.tv y Repelis.tv. Dichas páginas estaban infringiendo el derecho de comunicación al público regulado en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de propiedad intelectual (en adelante, TRLPI), en su modalidad de puesta disposición (art.20.2.i del TRLPI), al poner obras protegidas a disposición de los usuarios sin la autorización de los titulares de derechos.

Motion Picture Association of America (en adelante, MPAA), a la que pertenecen los estudios de cine y televisión Columbia (Sony Pictures), Warner Bros, Universal pictures, Disney, Paramount Channel y Fox, interpuso esta demanda por exhibición ilegal de contenidos. Y en el fallo el juez ha estimado sus pretensiones y las ha declarado «exclusivas titulares y cesionarias de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de las obras protegidas que han sido listadas en la demanda».

La sentencia ordena a las operadoras, en virtud de los artículos 138 párrafo 3 y 139.1.h del TRLPI, bloquear el acceso de sus usuarios desde el territorio español a las páginas HDFull y Repelis. Junto a este bloqueo del acceso a la web, los operadores también deberán bloquear los proxis que permiten el acceso al contenido, para impedir el acceso a otros dominios y direcciones IP, cuya finalidad sea facilitar la elusión de medidas tecnológicas de protección, que permiten el acceso a los usuarios.

Esta medida no es novedosa en otras jurisdicciones europeas, que desde 2010 han bloqueado el acceso a más de 2000 páginas web de contenido ilegal. Tal y como informábamos en nuestra página web hace unas semanas, enInglaterra e Irlanda los tribunales ordenaron a los proveedores de acceso a internet el bloqueo de páginas de descargas y streaming que contaban con millones de visitas en todo el mundo. En España, el bloqueo de páginas web o eliminación de enlaces y contenidos, tiene como precedente los casos comoSeriesPepito,series.ly o rojadirecta.

Tal como ha señalado la directora de Fedicine, debido a la reforma acaecida el 27 de mayo de 2017 enla Ley de Enjuiciamiento Civil, en su Sección 1. ª Bis. Del acceso a las fuentes de prueba en procedimientos de reclamación de daños por infracción del derecho de competencia, se han facilitado las diferentes posibilidades de proteger una obra cinematográfica comercializada.  Así mismo, apunta que abordar este asunto desde la vía civil es la menos conflictiva, ya que no afecta al usuario de las operadores, lo cual reconoce como un acierto.

En conclusión, esta sentencia será un precedente judicial para futuros bloqueos, abriendo una puerta a la mejor protección de la industria cinematográfica y pudiendo extrapolarse para otros sectores culturales.

Fuente: Fedicine, elEconomista, La Vanguardia,Roj: SJM B 1005/2017 – ECLI:ES:JMB:2017:1005
​​​​​​

Volver arriba