Brasil: Un Tribunal de Justicia ordena el cierre de 10 páginas web que ponían a disposición del público contenidos sin autorización
- 16 Oct, 2019

Carole Sanchis Gaonach.
A principios de octubre de 2019, el Tribunal de Justicia de Sao Paulo (Tribunal de Justiça de São Paulo) publicó una orden judicial requiriendo el cierre de diez páginas web que ponían a disposición del público contenidos protegidos sin autorización. En particular, los jueces ordenaron el bloqueo a los principales proveedores de Internet (ISPs) de Brasil, Claro Brasil, Vivo-Telefônica, Oi y Algar Telecom.
Entre las páginas bloqueadas se encuentran Openload o la página neozelandesa Mega.nz, creada en el año 2013 para suceder a la página MegaUpload que se cerró en 2012 por vulnerar derechos de propiedad intelectual. Además también se ha bloqueado el acceso a alfastream.cc, akugyash.com, centrelinguistique.com, verystream.net, fembet.net, ruvid.nl, clipwatching.com y videoshare.club.
El 12 de septiembre de 2019, el Tribunal de Justicia de Sao Paulo publicó un fallo en el que ya ordenaba a los cuatro ISPs de Brasil bloquear el acceso a las citadas páginas web. Según informa Technoblog, la demanda fue interpuesta por la Asociación Brasileña de Televisión por Suscripción (ABTA: Associação Brasileira de Televisão por Assinatura), la cual pedía la adopción de medidas contra las páginas web que “adoptan nuevas técnicas para eludir los bloqueos por parte de los ISPs, como por ejemplo el uso de VPN o de OpenDNS”.
Como ha venido informando el Instituto Autor, en los últimos años en Europa y EEUU se ha bloqueado el acceso a más de 1.800 sitios y 5.300 dominios que ponían a disposición del público contenidos protegidos sin el consentimiento de los titulares de los derechos, ejemplo de ello son las medidas adoptadas en Estados Unidos, Reino Unido, Francia e Italia. Con fecha 7 de marzo del 2019 el Tribunal Superior de París (Tribunal de Grande Instance) requirió a los principales ISPs (Orange, SFR, Free, Bouygues Telecom) el bloqueo de las páginas web Sci-Hub y LibGen que ponían a disposición contenidos sin consentimiento de sus autores. De igual modo, el 27 de marzo del 2019, un Tribunal del Distrito de Florida condenó a 27 páginas web al pago de 1 millón de dólares en concepto de daños y perjuicios por facilitar un portal web en el que los usuarios ponían a disposición del público obras sin autorización por parte de los titulares de derechos.
El art. 195 de la Ley de Propiedad Intelectual española establece un proceso administrativo por el que se puede obtener, con previa autorización judicial, la retirada o el bloqueo de contenido infractor de los derechos de propiedad intelectual. Además, desde la modificación del 1 de marzo de 2019, el art. 195.6 prevé que la Comisión de Propiedad Intelectual puede ordenar medidas de bloqueo sin autorización judicial contra los prestadores de servicios que reiteren las infracciones. Como señalaba el Instituto de Autor a principios de 2019, los juzgados de lo mercantil de Barcelona fueron muy activos en materia de defensa de derechos de propiedad intelectual. Mediante sucesivas sentencias con fecha de 28 de enero y 18 de febrero de 2019 respectivamente, el juzgado ordenó a los proveedores de internet al bloqueo de varias páginas que compartían contenidos vulnerando los derechos de propiedad intelectual, como es el caso de masquetorrent.com, isohunt.to, limetorrents.cc, flvto.biz, fl2mp3.com, etc.
En Brasil, la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos de 19 de febrero de 1998 fue modificada en 2013, pero como recordó la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual en el estudio de julio de 2019 sobre la piratería en internet, no contiene medidas para proteger a los titulares de derechos frente a las infracciones en internet ni existe normativa que establezca la responsabilidad de los ISPs.
Así mismo, el Instituto Autor informó que la SDAPI, entidad reguladora y de supervisión de la propiedad intelectual en Brasil, invocó la necesidad de adaptar la ley a las nuevas tecnologías para garantizar los derechos de autor en internet, y en particular establecer medidas en cuanto a la responsabilidad de los proveedores de servicios en caso de infracciones. Tras este informe, la Secretaría Especial de Cultura de Brasil abrió una consulta pública dirigida a los representantes de las industrias culturales, instituciones públicas y a la sociedad civil en su conjunto para recibir propuestas en cuanto a la reforma de la ley. La consulta que finalizó el 15 de septiembre podría ser la primera etapa hacia una modernización de la legislación sobre derechos de autor en Brasil.
Fuentes: Mega.nz and Openload blocked in following Court order ; SDAPI.