Colombia: La Dirección Nacional de Derecho de Autor publica los datos del sector cultural en el año 2023

  • 26 Mar, 2024
  • Sofia Alphin Arevalo
ArteColombiaDerecho de Autorobras literariasPropiedad Intelectualsector cultural

Sofia Alphin Arevalo.

El 5 de marzo de 2024, la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA), – organismo del Estado que se encarga de la protección de los derechos de propiedad intelectual en Colombia – publicó las cifras de producción literaria y artística en el país durante el año 2023.

De acuerdo con el informe, se ha constatado un total de 90.735 obras registradas en 2023, mientras que en 2022 se registraron 90.994 obras. Por otro lado, las cinco regiones de Colombia donde se crearon más obras fueron Bogotá (37,1%), Antioquia (17,5%), Valle del Cauca (9,2%), Atlántico (4,9%) y Cundinamarca (3,5%), cabe destacar que en el año 2022 las cinco ciudades que obtuvieron más solicitudes de registro fueron Bogotá (39%), seguida de Medellín (11%), Cali (6%), Cartagena (4%) y, Barranquilla (3%). A nivel internacional, Australia, España, Estados Unidos, Venezuela y Argentina fueron los tres países desde donde más colombianos residentes en el extranjero registraron sus obras.

En relación con las categorías de obras más registradas, de forma similar a lo registrado en el año 2022, el 45% de los registros correspondieron a las obras literarias, seguido por el 23% de obras musicales, el 19% de fonogramas, el 5% de obras artísticas, el 3% de actos y contratos, el 2% de software, el 1% de obras audiovisuales y el 1% restante a obras literarias editadas.

Por último, recuerda la DNDA a los titulares de derechos de propiedad intelectual que de acuerdo con el artículo 9 de la Ley LEY 23 DE 1982 SOBRE DERECHO DE AUTORlas obras están protegidas por el derecho de autor desde el mismo momento de su creación….”, Sin embargo, considera que es importante contar con el registro como medio de prueba idóneo ante un juez de la república en caso de cualquier tipo de controversia que pueda surgir”. De forma similar en España, de acuerdo al artículo 1 de la Ley de Propiedad Intelectual 1/1996 de 12 de abril el registro de una obra es de mero carácter declarativo de forma que, “la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”.

Como informó el Instituto de Autor, en los datos publicados por la DNDA del 2022 destacaron que, en cuanto al perfil de los autores, el género masculino predominó en el registro de obras, representando el 91% del total, en comparación con el 9% correspondiente al género femenino y un 1% de otros géneros.

Fuentes: Dirección Nacional de Derechos de Autor(La DNDA en cifras), Instituto de Autor (Colombia: La Dirección Nacional de Derecho de Autor publica los datos del sector cultural en el año 2022).

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