Dinamarca: Entra en vigor la Ley que modifica la normativa vigente en materia de Derechos de Autor

  • 5 Sep, 2024
  • Leire Gutierrez Vázquez
Derecho de AutorDinamarcaJurisprudenciaLegislaciónPropiedad Intelectual

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 4 de junio de 2024, el Parlamento de Dinamarca aprobó la Ley que modifica la Ley de derechos de autor (Lov om ændring af lov om ophavsret) y la Ley de instituciones de educación artística dependientes del Ministerio de Cultura (Lov om ændring af lov om ophavsret og lov om videregående kunstneriske uddannelsesinstitutioner under Kulturministeriet), con el objetivo de principal de modernizar la normativa para que refleje mejor el desarrollo tecnológico actual.

Antes de que la norma entrase en vigor, el Ministerio de Cultura desarrolló una propuesta, que fue sometida a consulta en el mes de enero del presente año. Tras varias modificaciones y enmiendas al proyecto en los meses de marzo y abril, finalmente en junio la norma fue promulgada.

En particular, la Ley aprobada incluye enmiendas sobre la regulación de los límites y excepciones de la parodia, la caricatura y el pastiche, tomando como base jurídica lo regulado en el art. 5.3. k) de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (Directiva 2001/29/CE), y lo determinado por el Tribunal Supremo de Dinamarca en su sentencia de 17 mayo de 2023. La nueva normativa establece que para que pueda aplicarse el límite de la parodia debe aplicarse la regla de los tres pasos.

En relación con la minería de textos, datos y el entrenamiento de las herramientas de inteligencia artificial, las modificaciones a la ley de derechos de autor contemplan la aplicación de una “Licencia colectiva extendida”, que mediante su aplicación, los autores y/o los titulares de los derechos obtendrían una remuneración por el uso que se hace de sus obras y prestaciones protegidas. Otra modificación importante de la norma es la introducción de la mediación en este sentido, es decir, si las partes no llegan a un acuerdo sobre la citada licencia, la norma contempla la mediación como vía primera para dilucidar el acuerdo.

Por último, la ley introduce nuevas disposiciones específicas de licencia colectiva extendida respecto a las ofertas a demanda de las entidades de radiodifusión y los proveedores de servicios en línea. Esto significa que los programas de televisión y otros contenidos que se ofrecen a la carta (on-demand) por estos proveedores estarán sujetos a acuerdos de licencia colectiva extendida. Este tipo de licencia permite que los usuarios accedan a una gran cantidad de obras protegidas por derechos de autor sin necesidad de obtener permiso individual de cada titular de derechos.

En relación con lo anterior, las enmiendas también amplían la competencia del Tribunal de Licencias de Derechos de Autor. Este tribunal tiene la función de resolver conflictos relacionadas con la concesión de licencias y la remuneración por el uso de obras protegidas.

Sentencia del 17 de mayo de 2023 del Tribunal Supremo – Parodia

Como informó el Instituto Autor, el 17 de mayo de 2023, el Tribunal Supremo de Dinamarca (Højesterets Dom) se pronunció – Sag BS-24506/2022-HJR– sobre la aplicación del límite de la parodia en una imagen y una fotografía que contienen una reproducción de la escultura de “La Sirenita”. El Tribunal analizó dos aspectos en el caso: (1) decidir si el dibujo era una obra independiente creada mediante el uso libre de La Sirenita según el art.4.2 de la Ley de derechos de autor, o si el dibujo era una parodia o caricatura que no infringe los derechos de autor en otro sentido; y (2) determinar si el uso del dibujo y la fotografía constituye una vulneración de la Ley Comercio.

Tras analizada la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), concretamente, la sentencia de 3 de septiembre de 2014 en el asunto C-201/13 (asunto Deckmyn), que recordó que el principio de parodia en el derecho de la UE tiene como objetivo mantener un equilibrio razonable entre los derechos e intereses de los autores, por un lado, y la libertad de expresión del usuario de una obra protegida por el otro, el Tribunal Supremo determinó que las obras no causaban perjuicio a los derechohabientes (herederos) del autor de la escultura de “La Sirenita”:

Fuentes: Instituto Autor (Dinamarca: El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la aplicación del límite de la parodia en una imagen y una fotografía con la escultura de la “Sirenita”), Folketinget (Lov om ændring af lov om ophavsret og lov om videregående kunstneriske uddannelsesinstitutioner under Kulturministeriet).

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