EE.UU.: Acuerdo extrajudicial entre una empresa de fitness y varios editores de música por la sincronización no autorizada de obras musicales

  • 9 Mar, 2020
  • Instituto Autor
Acuerdo ExtrajudicialEspañaobras musicalesSincronizaciones

María Alejandra Cárdenas Gutiérrez  

El 27 de Febrero de 2020, los miembros de The National Music Publishers’ Association (NMPA), asociación que representa a todos los editores de música estadounidenses y sus socios compositores, y el fabricante de equipamiento de fitness Peloton, anunciaron la suscripción de un acuerdo de colaboración que pone fin al litigio existente entre ambas compañías, como consecuencia del uso no autorizado de más de 1.000 obras musicales.

La disputa entre ambas compañías se suscitó hace cerca de un año, como ha informado Instituto Autor, cuando la NMPA demandó a Peloton ante el Tribunal de primera instancia de Nueva York (United States District Court, South District New York –S.D.N.Y–), luego de verificar que el demandado fabricaba bicicletas de ejercicio que transmitían clases de gimnasia dirigidas por un instructor a través de pantallas táctiles incorporadas, para cuyo efecto sincronizaba obras musicales en los videos sin las respectivas licencias requeridas para incorporar una canción en una grabación audiovisual.

Ante dicha demanda, Peloton reconvino, alegando un comportamiento anticompetitivo por parte de NMPA, derivado de un pacto colusorio de las editoriales para la fijación de los precios de licenciamiento de las obras musicales. No obstante, dicha demanda de reconvención fue desestimada por el Tribunal.

Posteriormente, en el mes de septiembre de 2019, la NMPA presentó un escrito complementario a la demanda como bien informó Instituto Autor, mediante el cual aumentaba la cantidad reclamada por concepto de daños y perjuicios hasta un monto de 300 millones de dólares (más de 268 millones de euros), luego de argumentar que cada sincronización no autorizada de las obras musicales constituía un acto de infracción separado y distinto, que daba lugar a una indemnización de conformidad con el art. 17 U.S.C § 504(c) de hasta 150.000 dólares (más de 134.000 euros) por cada infracción.

En vista del escenario anterior, y de conformidad con el anuncio realizado, ambas compañías comunican que además de poner fin al litigio por infracción a los derechos de autor de los editores musicales, trabajarán de forma conjunta para optimizar los sistemas y procesos de licencias musicales de Peloton, con miras a compensar a los titulares de derechos de forma justa y equitativa,  así como establecer un entorno propicio para sostener una relación positiva en el futuro.

Fuentes: Peloton: “NMPA and Peloton announce settlement of litigation, joint collaboration agreement”.  Instituto Autor: “Editoras musicales de EEUU demandan a una empresa de fitness por infracción de derechos de autor”. “Las editoras musicales aumentan a 300 millones de dólares la cantidad que exigen en su demanda contra una empresa de fitness”.

Volver arriba