EE.UU.: La Oficina de Derechos de Autor emite una propuesta de reglamentación para modificar el Título 17 del Código de Estados Unidos en relación con las medidas tecnológicas de protección
- 23 Mar, 2021
EE.UU.: La Oficina de Derechos de Autor emite una propuesta de reglamentación para modificar el Título 17 del Código de Estados Unidos en relación con las medidas tecnológicas de protección
Silvia Pascua Vicente.
El 15 de octubre de 2020, la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (U.S Copyright Office), emitió un aviso de propuesta de reglamentación sobre la adopción de nuevas exenciones temporales al artículo 1201 de la sección 17 de la Ley de Derechos de Autor en la Era Digital (Digital Millennium Copyright Act – DMCA).
El artículo 1201 de la DMCA establece que “nadie podrá eludir una medida tecnológica de protección que efectivamente controle el acceso a una obra protegida”, sin embargo, se contemplan una serie de excepciones que serán revisadas cada tres años.
Al respecto, en junio de 2020, la Oficina de Derechos de Autor notificó el inicio del proceso de revisión de las exclusiones, permitiendo a los interesados enviar sus propuestas. Finalmente, en octubre de 2020, evaluó y agrupó las peticiones, abriendo un nuevo periodo de consulta pública, cuyos comentarios serán analizados en audiencia pública durante los días 5 al 8 y del 19 al 22 de abril.
Entre las exenciones propuestas, se incluye el Jailbreak para los descodificadores que permiten la transmisión de videos desde internet a diferentes dispositivos. A través del Jailbreak, los propietarios de los dispositivos informáticos pueden instalar o eliminar el software a su elección, por lo que se permite eludir las medidas tecnológicas interpuestas por los fabricantes. Actualmente, está aprobada la exclusión para teléfonos móviles, tablet, televisiones y altavoces inteligentes.
La propuesta inicial de esta exención fue por parte de la Fundación Frontera Electrónica (Electronic Frontier Foundation – EFF), consideran que esta exención es idéntica a la aplicada a los televisores inteligentes, a través de la cual se permite a los usuarios adaptar el dispositivo a sus necesidades, así como mejorar la seguridad y privacidad.
Además, analiza los requisitos señalados en el art. 1201 (a) (1) (C), respecto a la posibilidad de aplicar las exenciones, concluyendo que la aplicación de la exención de jailbreak permite un uso legítimo y no infractor, entendido como “un privilegio de que el propietario de los derechos de autor pueda usar el material protegido por derechos de autor de una manera razonable sin consentimiento”, señalando que la oficina ha considera en diversas ocasiones que modificar el firmware en un dispositivo para ejecutar software adquirido legalmente es un uso justo. Así mismo, señala que el jailbreak se utiliza de forma persona y no comercial, con el objetivo de mejorar la funcionalidad del dispositivo, así como la privacidad.
Por su parte, la Asociación de Cinematográfia (Motion Picture Association, INC. – MPA), la alianza de la música grabada (Alliance for Recorded Music – ARM) y la Asociación de Software de entretenimiento (Entertinment Software Association – ESA), asociaciones en defensa de los derechos de autor, han enviado sus comentarios respecto a la excepción de jailbreak.
En primer lugar, señalan que no se oponen a la renovación de las excepciones aprobadas en las revisiones anteriores, pero no aceptan la aplicación de esta exención a los descodificadores. Al respecto, consideran que el establecimiento de medidas tecnológicas evita el acceso no autorizado a obras protegidas por derechos de autor y servicios de suscripción, por lo que permitir eludirlas no impide que los usuarios instalen aplicaciones infractoras, permitiendo poner a disposición del público contenido protegido sin autorización de los titulares. Al respecto, mencionan los diferentes procesos judiciales llevados a cabo contra distribuidores de dispositivos infractores y de los cuales también ha informado el Instituto Autor.
Por otro lado, señalan que el uso de estos dispositivos supone la disminución de las ventas de contenido protegido y un aumento del acceso ilícito, como se señala en el “Notorious Markets for Counterfeiting and Piracy” publicado por la Oficina de comercio de los Estados Unidos (Office of the United States Trade Rpresentative).
Por ello, solicitan la no aprobación de la excepción de jailbreak a los decodificadores, y en el supuesto de que finalmente sea aprobada, reclaman una regulación más limitativa, autorizando únicamente la interoperabilidad de dichas aplicaciones con programas informáticos en el dispositivo o para permitir la eliminación de software del dispositivo, sin que se autorice el acceso a obras protegidas por derecho de autor.
Fuentes: Copyright.gov (Eighth Trienniel Section 1201 Proceeding (2021), Electronic Frontier Fundation, Submission on behalf of Joint Creators and Copyright Owners); Instituto Autor (EE.UU.: Un tribunal se pronuncia sobre la comercialización de un programa que permite eludir las medidas tecnológicas de protección).