EE. UU.: Los tribunales se pronuncian sobre la aplicación del fair use

  • 3 Dic, 2024
  • Berta Gómez Viñuela
EE. UU.Fair UseJurisprudencia

Berta Gómez Viñuela

El Instituto Autor publica un recopilatorio de las últimas resoluciones judiciales emitidas por los tribunales de Estados Unidos en relación con la aplicación de la doctrina del fair use.

El fair use es una limitación o excepción a los derechos de autor, que permite el uso de materiales protegidos sin autorización del titular de los mismos en determinadas circunstancias, debiendo cumplirse cuatro factores establecidos en el artículo 107 del Título 17 del Código de Estados Unidos: (1) El propósito y carácter de uso, incluso si dicho uso es de naturaleza comercial o tienes fines educativos sin ánimo de lucro; (2) La naturaleza de la obra protegida por el derecho de autor; (3) La sustanciabilidad de la parte utilizada en relación con la totalidad de obra protegida por el derecho de autor; y (4) el efecto del uso en el mercado potencia o el valor de la obra protegida por el derecho de autor.

A continuación, analizaremos cuatro sentencias emitidas por los tribunales de Estados Unidos, haciendo una diferenciación entre aquellas que aplican la doctrina del fair use y aquellas que no.

Sentencias a favor de la aplicación del fair use

Tribunal del Distrito Sur de Illinois

El 25 de septiembre de 2024, el Tribunal del Distrito Sur de Illinois (United States District Court, Southern District of Illinois) se pronunció sobre la reproducción de unos tatuajes en un videojuego. El asunto enfrenta, por un lado, a una tatuadora (demandante), y, por otro lado, a una empresa dedicada a la creación de videojuegos (demandada).

Según lo expuesto en la sentencia, la tatuadora presentó la demanda por la reproducción, en un videojuego, de los tatuajes realizados a varios luchadores profesionales que aparecían como personajes de este.

En relación con el primer factor, el tribunal constató que los tatuajes no solo se usaban para representar a los luchadores, sino que además, los jugadores podían personalizar sus avatares con ellos. Concluyendo que no se cumplía el primer factor debido a que el uso trascendía de lo que podía considerarse justo. En cuanto al segundo factor, consideró que los tatuajes implican un esfuerzo creativo y expresivo y, por tanto, eran protegibles por el derecho de autor.

Respecto al tercer factor, indica el tribunal que la empresa realizó alteraciones en los tatuajes con el objetivo de evitar la infracción de los derechos de autor. Llegando a la conclusión de que este requisito tampoco se cumplía.

Por último, en relación con el cuarto factor, el tribunal determinó que, al no existir un mercado para la concesión de licencias de tatuajes en videojuegos, no se habían visto afectados el mercado potencial ni el valor de la obra.

En definitiva, el tribunal falló a favor de la tatuadora, al no cumplir con tres de los factores del fair use.

Tribunal del Distrito Sur de Nueva York

El 23 de septiembre de 2024, el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York (United States District Court, Southern District of New York) se pronunció sobre la reproducción de obras de arte en un curso en línea. El asunto enfrenta, por un lado, a una pintora (demandante), y, por otro lado, a un centro de enseñanza creativa (demandada).

De acuerdo con los hechos del caso, la pintora presentó una demanda contra el centro de enseñanza creativa por ofrecer a los alumnos un kit de pintura que incluía algunos de sus cuadros sin autorización.

En este asunto, el tribunal solo analiza si se cumple el primer y cuarto factor. En relación con el primer factor, considera el tribunal, que el uso de la obra protegida había sido transformador, dado que los kits de pintura tenían un propósito educativo y habían sido diseñados y vendidos para inspirar a los estudiantes a crear su propio arte. Respecto del cuarto factor, concluyó que era difícil determinar si dicho uso afectaba al valor del mercado de las obras.

Por lo que, en definitiva, al considerar que los dos factores favorecían al centro educativo, el tribunal falló a favor de los demandados, y concluyó que el uso de la obra estaba amparado dentro del fair use.

Tribunal del Distrito Este de Pensilvania

El 2 de octubre de 2024, el Tribunal del Distrito Este de Pensilvania (United States District Court for the Eastern District of Pennsylvania) se pronunció sobre la publicación de códigos y normas de construcción protegidos por el derecho de autor. El asunto enfrenta, por un lado, a una editorial (demandante) y, por otro lado, a una página web (demandada).

De acuerdo con los hechos del caso, la editorial presentó la demanda alegando que la página web ofrecía una base de datos donde se podía buscar la normativa de todos los estados, proporcionando acceso gratuito a copias no autorizadas de diez de sus normas protegidas por derechos de autor, las cuales habían sido incorporadas por referencia en los códigos legales estatales y locales.

En relación con el primer factor, el tribunal determinó que había un uso transformador, a pesar de que no se habían añadido ni alterado los contenidos de las normas protegidas. Sin embargo, consideró que el propósito del uso era la promulgación de leyes con el fin de educar e informar a la ciudadanía. Concluyendo que el primer factor se cumplía.  

En el análisis del segundo factor, especificó que, aunque la editorial invirtiese tiempo y recursos en desarrollar sus normas técnicas, al estar incorporadas en la legislación de manera indistinguible a cómo se incorporarían si fuesen copiadas directamente de la ley, dicho factor también favorecía el fair use.

En cuanto al tercer factor, el tribunal tiene en cuenta la cantidad y sustancialidad de las normas protegidas utilizadas por la demandada, considerando que el uso era razonable en relación con el propósito legítimo y transformador, al limitarse a incluir el contenido disponible en las leyes. Por ello, el tercer factor también fue considerado favorable.

Por último, en torno al cuarto factor, el tribunal reconoció que el acceso gratuito a las normas podría perjudicar las ventas de las obras de la demandante. Sin embargo, también señaló que los beneficios obtenidos por la demandante garantizarían que no perdiera el incentivo para seguir creando sus normas. Por lo tanto, este último factor no favorecía a ninguna de las partes.

En conclusión, el tribunal falló a favor de la demandada, al cumplirse tres de los cuatro factores determinantes del fair use.

Sentencias en contra de la aplicación del fair use

Tribunal de Apelación del Quinto Circuito

El 2 de octubre de 2024, el Tribunal de Apelación del Quinto Circuito (United States Court of Appeals for the Fifth Circuit) se pronunció sobre el uso de un fotograma en un artículo periodístico. El asunto enfrenta, por un lado, a un periodista (demandante), y, por otro lado, a un periódico digital (demandada).

Como relatan los hechos expuestos en la sentencia, el periódico publicó en un artículo una captura de pantalla extraída de un vídeo grabado por el demandante. Ante esta situación, el periodista interpuso una demanda.

Por todo lo expuesto, el tribunal procedió a valorar el primer factor, determinando que la imagen captada del vídeo no tenía un propósito adicional ni un carácter distinto al del vídeo del periodista, ya que ambos estaban destinados a documentar un suceso con fines de reportaje o comentario periodístico. Por lo tanto, concluyó que el primer factor era contrario a la doctrina del fair use.

En relación con el segundo factor, el tribunal consideró que, aunque el periodista “seleccionase el tema, el tiempo, la iluminación, el ángulo, la perspectiva, la profundidad, lente y equipo de cámara utilizado para capturar el video” no había un control sobre el contenido periodístico del vídeo. Por este motivo concluyó que el segundo factor cumplía con el fair use.

Respecto al tercer factor, el tribunal indicó que la captura de la imagen era tan solo un fotograma del vídeo, sin embargo, el demandado capturó la imagen más significativa. Aun así, determinó que el tercer factor no se inclinaba en ninguno de los dos sentidos.

En cuanto al cuarto factor, el tribunal destacó que la reproducción de la captura de pantalla podría perjudicar al mercado del periodista. Por lo tanto, concluyó que este factor era también contrario a la doctrina del fair use.

Por todo ello, el tribunal falló a favor del periodista, al no cumplir con los factores necesarios para aplicar la doctrina del fair use

Fuentes: United States District Court, Southern District of Illinois (Case No. 18-cv-966-SMY), United States District Court, Southern District of New York (Case No. 23-cv-11015-VM), United States District Court for the Eastern District of Pennsylvania (Civil Action No. 24-1895), United States Court of Appeals for the Fifth Circuit (Case No. 23-20188).

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