EE. UU.: Un tribunal de apelación se pronuncia sobre la reproducción no autorizada de dos artículos por parte de un periódico en línea

  • 27 Nov, 2020
  • Leire Gutierrez Vázquez
Derecho de ReproducciónEE. UU.

Leire Gutiérrez Vázquez. 

El 29 de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelación para el Distrito Sur de Florida (United States District Court for the Southern District of Florida) se ha pronunciado sobre la reproducción no autorizada de dos artículos en una biblioteca y archivo digital por parte de un periódico en línea. El asunto (D.C. Docket No. 2:19-cv-14012-RLR) enfrenta, por un lado, al autor del artículo (demandante), y, por otro lado, al periódico digital “Highlands News-sun, Romona Washington” (demandando).

Como señalan los hechos del fallo, en enero del año 2015 las partes acordaron que el periódico demandando publicaría dos artículos del demandante protegidos por el derecho de autor. En el año 2018, éste localizó los artículos en Internet, bajo dos publicaciones llamadas “Highlands Journal» y «Newsbank». El demandante, tras considerar sus artículos habían sido reproducidos sin su autorización, infringiéndose la cesión de derechos pactada en el año 2015 con el demandado, interpuso una demanda ante el Tribunal de Distrito.

En primera instancia, el tribunal rechazó los argumentos presentados por el demandante, al considerar que no había quedado suficientemente probado la infracción de los derechos de autor. Los demandados habían alegado que el demandante presentó hasta nueve demandas judiciales “notablemente similares” contra otras publicaciones del demandado. A pesar de lo anterior, el tribunal señaló que el demandante había localizado una reproducción de sus artículos en los registros de una biblioteca en línea y en los archivos en línea del periódico en otra página web de noticias llamada NewsBank.

A colación de lo anterior, el tribunal sostuvo que el art.108 del Título 17 del Código de Estados Unidos (United States Code) “permite la reproducción no comercial de una obra protegida por el derecho de autor en bibliotecas y archivos”. En este sentido, el fallo determinó que, aunque el demandante alegó que se habían vendido sus artículos sin autorización, no había presentado pruebas suficientes para demostrarlo que la publicación no estaba amparada por el límite, rechazando nuevamente sus pretensiones.

Al igual que ocurre en Estados Unidos, en España, el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) establece en el art.37 que podrá reproducirse una obra sin autorización “cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos, de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico”, siempre y cuando la reproducción se realice con fines de investigación.

Ambas legislaciones coinciden en que no debe existir un uso comercial para que la reproducción de la obra pueda realizarse sin la autorización del autor.

Fuentes: United States District Court for the Southern District of Florida (D.C. Docket No. 2:19-cv-14012-RLR), BOE (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia).

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