El Ministerio de Cultura y Deporte aprueba la creación de un marco general para regular la reventa de entradas
- 31 Oct, 2018
Amanda Suárez Magallanes.
El martes 30 de octubre el pleno de la Conferencia Sectorial de Cultura aprobó la elaboración de una regulación estatal sobre la reventa de entradas, en la conferencia participaron representantes de las Comunidades Autónomas y representantes de Ceuta y Melilla. La decisión se basa en el informe elaborado por la Comisión de Estudio de la Conferencia Sectorial, y, entre las medidas contempladas, se encontraba la de prohibir la reventa telemática “habitual” y lucrativa de entradas, aunque para ello, no se prevé en ningún caso acabar con las páginas de reventa en internet sino imponer limitaciones. La intención es el desarrollo normativo a través de una normativa estatal, mediante una Ley o Decreto Ley y con una elaboración lo más rápida posible. Las expectativas para la futura regulación engloban una ley que contemple “un régimen de intervención administrativa” y un “régimen sancionador” generales, sin perjuicio de las regulaciones específicas de cada Comunidad Autónoma.
La piedra angular de este desarrollo normativo, —tras detectar problemas como la “insuficiencia de información para el consumidor”, la “disponibilidad limitada de las entradas a través de canales oficiales”, los diversos “fraudes de reventa” y la “dificultad de garantizar la seguridad de los asistentes a los conciertos— es la prohibición de la reventa telemática “habitual” por un precio que supere el coste original de las entradas, mediante medidas como la imposición al promotor de la “venta de entradas nominativas” en conciertos en los que se prevea que habrá un gran número de asistentes y de “destinar a la venta al público un porcentaje significativo del aforo”, obligaciones de “información precontractual” que permita al consumidor identificar si se encuentra en un canal de venta o reventa, la fijación de un “régimen de intervención administrativa con un régimen sancionador”, o medidas como la eliminación de bots (robots de compra masiva de entradas) a través de un “sistema de control informático que permita asegurar la trazabilidad de las entradas”.
Actualmente la legislación sobre la reventa de entradas se trata de una competencia transferida a las comunidades autónomas mediante la normativa de espectáculos públicos, existiendo comunidades donde está prohibida la reventa de entradas y otras comunidades en las cuales este tipo de cuestiones ni siquiera se abordan. La legislación actual sobre la reventa de entradas, data de 1982 y desde entonces no ha sufrido modificaciones, con los avances tecnológicos desde la fecha, nos encontramos con una regulación que abarca la reventa en la calle pero no los modelos de reventa actuales como la reventa por Internet, lo que da lugar a un vacío legal, que junto a la dispersión normativa debida a las transferencias, hace necesaria una regulación general.
El Instituto Autor ha publicado múltiples noticias que reflejan los problemas de la reventa de entradas y múltiples denuncias por parte de asociaciones y usuarios, el caso más reciente el de la participación de Ticketmaster en la reventa de entradas, o la demanda presentada por la Comisión de Comercio de Nueva Zelanda contra la página de reventa Viagogo.
Fuentes: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, El Mundo, El País