El Tribunal Supremo de Alemania declara libres de responsabilidad a los proveedores de redes WiFi gratuitas

  • 6 Ago, 2018
  • Instituto Autor
AlemaniaJurisprudencia

Patricia Muñiz de la Oliva.

El 26 de julio de 2018, el Tribunal Supremo de Alemania (Tribunal Federal Alemán. Bundesgerichtshof – BGH) dictó la sentencia nº I ZR 64/17 por la cual exime de responsabilidad a los proveedores de servicios de red WiFi gratuitas por las infracciones que pudieran cometer los usuarios a través de las mismas.

Esta sentencia viene a apoyar lo dispuesto en las enmiendas a la Ley de Telemedia (TMG) que se aprobaron en 2017, y en aclarar el término-figura jurídica Störerhaftung lo que se traduce comúnmente por la “responsabilidad del intermediario o persona que interfiere” que implicaba que los proveedores de WiFi público podían ser considerados responsables de las infracciones de derechos de autor cometidas por los usuarios de sus redes.

Es un concepto jurídico establecido desde hace tiempo en la legislación alemana que se aplicaba más allá de las leyes de propiedad intelectual, dando lugar a una de las legislaciones más estrictas del mundo, ya que en la mayoría de Estados es responsable de una infracción de propiedad intelectual quien voluntaria y conscientemente participa de la distribución y comunicación pública de obras sin licencia y sin embargo en Alemania, hasta la modificación de la Ley de Telemedia, el proveedor era también considerado responsable, aunque no fuese participante de los hechos infractores.

Esta premisa legal suponía la inexistencia de iniciativas para ofrecer servicios de red WiFi gratuitos en establecimientos abiertos al público, ya que ninguna empresa quería asumir el riesgo de ser responsable de infracciones contra la propiedad intelectual, lo que ha supuesto que Alemania, la economía más grande de la Unión Europa, tenga alrededor de la mitad de cafés con puntos de acceso WiFi gratuitos por habitante en comparación con países como el Reino Unido, Austria y Suecia.

A nivel europeo, en 2016, cabe destacar la sentencia asunto C‑484/14, caso que involucraba a un miembro del Partido Pirata, por el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que los proveedores de servicios WiFi no pueden ser considerados responsables de infracciones cometidas por terceros, y que los tribunales locales o las autoridades pueden ordenar a dichos proveedores que tomen medidas para detener las infracciones de propiedad intelectual.

El fallo del alto tribunal alemán significa que, finalmente, las empresas o proveedores de servicios alemanes pueden confiar en que la ley les protegerá del enjuiciamiento por las infracciones de derechos de autor.

La sentencia aún no está disponible, pero el Tribunal Supremo de Alemania ha declarado que estará accesible en su base de datos en los próximos días.

Fuentes:Der Bundesgerichtshof,Torrent Freak​.

Volver arriba