Emiratos Árabes Unidos: IFPI firma un memorando de entendimiento con el gobierno del país en apoyo al sector musical

  • 18 Jun, 2022
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Andrea Hernández Bermúdez.

El 30 de mayo de 2022, la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (International Federation of the Phonographic Industry – IFPI), organización internacional encargada de representar los intereses de la industria de fonogramas, y el Ministerio de Economía de los Emiratos Árabes Unidos (Ministry of Economy of the United Arab Emirates – MdE) anunciaron la firma conjunta del memorando de entendimiento, que busca apoyar el crecimiento de la industria musical.

Según recoge el comunicado de prensa, este acuerdo es único en la región y proyecta varias formas de colaboración entre el MdE, IFPI y los productores de fonogramas que operan en los Emiratos Árabes Unidos (EAU), para promover el desarrollo de artistas locales y proteger los derechos de los productores de fonogramas, entre las que se incluyen el intercambio de información y datos relevantes y la creación o adaptación de un marco de derechos de propiedad intelectual que se ajuste a las normas internacionales.

En este sentido, el memorando también incluye el compromiso de implementar la gestión colectiva, para gestionar los derechos de los productores de fonogramas, así como la creación de una entidad de gestión que se encargue del otorgamiento de licencias y autorice la reproducción y comunicación pública de los fonogramas, conforme a la legislación de los EAU.

En línea con lo anterior, la ley de derechos de autor y derechos conexos de los EAU (Copyrights and Neigbouring Rights Law) reconoce a los productores de fonogramas los derechos exclusivos de reproducción, distribución, alquiler con fines comerciales, comunicación pública y la facultad de autorizar o negar la explotación de los fonogramas por terceras personas (art. 18) y estos derechos patrimoniales estarán protegidos por un periodo de cincuenta años (art. 20).

Sin embargo, a diferencia de lo establecido en España, actualmente la normativa en materia de propiedad intelectual de los Emiratos Árabes Unidos no prevé una remuneración equitativa y única a favor de los artistas y productores de fonogramas, ni la gestión colectiva de este derecho. Por su parte, en España, de conformidad con el art. 116 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), los usuarios de un fonograma publicado con fines comerciales, o de una reproducción de dicho fonograma que se utilice para cualquier forma de comunicación pública, tienen obligación de pagar una remuneración equitativa y única a los productores de fonogramas y a los artistas intérpretes o ejecutantes, la cual se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

 

Fuentes: IFPI (IFPI and UAE Ministry of Economy sign landmark MoU to support local recorded music), Ministerio de Economía (Federal Decree-Law no. (38) of 2021, On Copyrights And Neigbouring Rights), BOE (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia).

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