España: La CNMC inicia una consulta pública sobre los sistemas de autorregulación y corregulación para la calificación de los programas audiovisuales y el sistema de descriptores
- 11 Oct, 2024
Silvia Pascua Vicente.
El 25 de septiembre de 2024, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició una consulta pública – COR/DTSA/001/24 – sobre los sistemas de autorregulación y corregulación para la calificación de los programas audiovisuales y el sistema de descriptores.
Como recoge el documento, con la entrada en vigor de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (LGCA), se promueve la autorregulación (art.12), a través de una cooperación voluntaria entre los prestadores de servicios y otras partes interesadas, como la industria, el comercio y organizaciones profesionales o de consumidores, y la promoción de la corregulación (art.14), mediante la firma de convenios con los organismos de autorregulación, los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, y aquellos que ofrecen servicios de intercambio de vídeo. Además, el art.15 promueve el fomento de códigos de conducta a nivel estatal y autonómico en varios ámbitos, incluida la protección de los menores en los servicios de comunicación audiovisual y los servicios de intercambio de vídeos a través de plataformas.
Por su parte, la consulta pública está destinada a recabar las observaciones de los agentes del sector audiovisual, principalmente de los prestadores de servicios obligados (art.98.2 LGCA), las asociaciones de consumidores y usuarios con el desarrollo del menor, investigadores u otros colectivos, sobre los sistemas de autorregulación y corregulación, respecto de los criterios de calificación de edad de los contenidos audiovisuales y el sistema de descriptores.
En relación con lo anterior, el documento define la corregulación como “una combinación entre la actuación del Estado y del sector privado, esto es, cuando se combinan acciones legislativas/regulatorias vinculantes y medidas adoptadas por los actores implicados”. Mientras que la autorregulación se basa en códigos voluntarios que, según el artículo 15.1 LGCA serían códigos de conducta establecidos por actores privados para regularse y organizarse entre ellos.
Por su parte, la normativa española establece dos modelos; por un lado, el Acuerdo de Autorregulación entre los prestadores obligados, que debe formalizarse en un código de conducta suscrito por los agentes obligados (art. 15 LGCA) y, por otro lado, un Acuerdo de Corregulación (art. 98.2 LGCA) que tiene la forma de convenio.
En relación con la protección de los menores en los servicios de comunicación audiovisual, la LGCA en los art. 97 y 98 LGCA regulan la necesidad de calificación de los programas audiovisuales y los mecanismos de información a los usuarios sobre los programas que deben realizarse en conformidad con el acuerdo de corregulación firmado con la CNMC. Según la normativa, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual deben informar sobre los programas, debiendo incorporar una calificación por edades, visible en pantalla mediante indicativo visual y fácilmente comprensible para todas las personas.
Los comentarios podrán enviarse de forma telemática hasta el 28 de octubre de 2024.
Fuentes: CNMC (La CNMC lanza una consulta pública sobre los sistemas de auto y corregulación para la calificación por edad de los contenidos; Consulta pública sobre los sistemas de autorregulación y corregulación de los programas audiovisuales y el sistema de descriptores), Instituto Autor (España: Entra en vigor la Ley 13/2022 General de Comunicación Audiovisual).