Francia: Un tribunal se pronuncia sobre la protección por el derecho de autor del diseño de unas zapatillas

  • 13 Jun, 2024
  • Leire Gutierrez Vázquez
CopiaDerecho de AutorDiseñoFranciaJurisprudencia

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 22 de marzo de 2024, un tribunal de primera instancia de París (Tribunal judiciaire de Paris) se pronunció sobre la protección por el derecho de autor del diseño de unas zapatillas. El asunto enfrenta como demandante SARL VEJA, conocida empresa de zapatillas (VEJA), y como demandado a la empresa española CALZADOS NUEVO MILENIO, conocida por su marca de zapatillas VICTORIA.  

Los hechos del asunto revelan que VEJA interpuso una demanda contra la empresa VICTORIA, por comercializar y poner a la venta desde el año 2020 zapatillas con características similares a las de la demandante, y le reclaman actos de competencia desleal, por vender reproducciones del “modelo berlines – V-10”.

Sobre la reclamación basada en la infracción de los derechos de autor, la empresa demandante sostiene que el diseño de su zapatilla V-10 es original, que fue creado a tal efecto por el décimo aniversario de la marca, combinando elementos que “relacionan una estética y llevan la impronta de la personalidad única de la empresa VEJA”. Por su parte, la parte demandada cuestiona la originalidad del diseño de las citadas zapatillas, argumentando que las elecciones de los elementos del diseño son puramente comerciales y no creativa, ni resultado de la personalidad del autor, dada su similitud con un modelo de zapatillas de baloncesto de los años 80, zapatilla Nike Air Force 1 creada en 1982. Así mismo, señalan que la “V” de la zapatilla es decorativa, siendo insuficiente por sí sola para ser original en su conjunto.

En base a lo establecido en el art.111-1 de la Ley de propiedad intelectual de Francia, el tribunal recuerda que “el autor de una obra intelectual goza de un derecho de propiedad intelectual exclusivo sobre ella, por el solo hecho de su creación y oponible a todos”, que le otorgan derechos patrimoniales y morales, siempre que la obra en cuestión sea original, es decir, sea una traslación de la personalidad del autor. Por ello, añade que la originalidad debe ser explicada “por quien dice ser su autor”.

Tras analizar los elementos originales característicos de la zapatilla – alegados por la parte demandada – el tribunal señala que éstos están presentes en muchos modelos de los años 80, y que la mera actualización de las líneas de la zapatilla “no puede constituir una contribución creativa que confiera al modelo la originalidad imprescindible para su protección por el derecho de autor”. Respecto a la “pieza en relieve en forma de V, señala el tribunal que “se trata de un elemento decorativo cuya originalidad no está demostrada”.

Sobre la competencia desleal argumentada por la demandante, éste argumenta que el modelo V-10 es un diseño de zapatilla disponible en varios colores y un éxito de ventas, “fruto del saber hacer, intelectual y creativo, y al trabajo e inversiones” de la compañía, y que la imitación “servil” del demandado a un precio bajo, supone un acto de competencia desleal, dado el alto riesgo de confusión de ambas zapatillas. En este sentido, el tribunal considera que los detalles decorativos están claramente diferenciados en los dos modelos de zapatillas. Respecto a la “V”, señala que solo está presente en la “cara exterior” de los modelos y en los dos tiene una forma diferente, por lo que no aprecia una reproducción servil del diseño de la zapatilla V-10.

Por todo ello, el tribunal considera que la copia, y la copia servil no están demostradas, por lo tanto no existen fundamentos jurídicos que sustenten las pretensiones de la parte demandada. El tribunal condena al pago a calzados VICTORIA de 400.000 euros a VEJA, en concepto de costas, tal y como establece el art.700 del Código Civil, y 15.000 euros en concepto de daños y perjuicios.

Fuentes: Tribunal judiciaire de Paris – 3ème chambre 2ème section (22 mars 2024 / n° 21/08049).

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