India: Un tribunal se pronuncia sobre la puesta a disposición al público de obras literarias y audiovisuales de ámbito educativo sin autorización

  • 21 Nov, 2023
  • Sofia Alphin Arevalo
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Sofía Alphin Arévalo.

El 27 de septiembre de 2023, el Tribunal Superior de Delhi (The Delhi High Court) en India, emitió una orden de medidas cautelares por la puesta a disposición al público de obras literarias y audiovisuales de ámbito educativo sin la debida autorización de los titulares de derechos de propiedad intelectual. El asunto enfrenta, por un lado, a una empresa dedicada a la venta de material educativo y cursos de programación (demandante) y, por otro lado, a un grupo de particulares (demandados).

Como recoge los datos de la sentencia, el procedimiento de la empresa funciona del siguiente modo: los usuarios que deseen atender a los cursos ofrecidos por la empresa deben pagar una tarifa en concepto de matrícula, la cual permite el acceso a material educativo como videos grabados, sesiones en directo, material de lectura, entre otros. Sin embargo, la empresa no permite que este material sea descargable, por lo que, según explica el demandante, solo es posible que los demandados hayan descargado el material mediante el uso de herramientas de elusión -softwares diseñados para eludir medidas de seguridad tecnológicas-.

El demandante, señaló que, en septiembre de 2023, tuvo conocimiento de que los demandados cobraban una tarifa a los usuarios para a continuación enviarles el material protegido a través de proveedores de servicios en línea o empresas de mensajería instantánea, como WhatsApp, Telegram y YouTube. En particular, tras el pago de la tarifa, los usuarios eran inscritos a través de un formulario de Google, para después ser incluidos en grupos en línea donde los demandados ponían a disposición del público el material educativo. Además, también daban acceso al material, por medio de proveedores de servicios en el modo sin conexión, como Google Drive y Mega.

En relación con lo anterior, el demandante alega que a pesar de que estos grupos en línea sean eliminados, los demandados seguirán creando otros grupos alternativos para seguir poniendo a disposición el material protegido, por lo tanto, señala que es una situación que requiere de una vigilancia constante y acciones oportunas por parte del demandante y, la colaboración por parte de los proveedores de servicios en línea para identificar y abordar estos grupos.

A continuación, el demandante hace referencia al asunto – 282/2020– sobre el uso no autorizado de contenido educativo en proveedores de servicios en línea. En este asunto, los demandantes solicitaron la eliminación de los canales responsables de la difusión y, aunque algunos canales fueron efectivamente eliminados, el problema persistió, ya que se crearon otros nuevos. Como resultado, el tribunal les concedió a los demandantes una orden permanente de bloqueo.

En virtud de las alegaciones hechas, el Tribunal Superior de Delhi ordena que los proveedores de servicios en línea involucrados realicen un bloqueo de los todos los canales o perfiles identificados, así como aquellos que puedan surgir como duplicados. Además, deben aportar al tribunal toda la información con respecto aquellos grupos o canales llevados a cabo por los demandados, como puede ser números de teléfono móvil, direcciones IP, direcciones de correo electrónico, entre otros; después de escuchar a las partes en el juicio designado, se emitirán las debidas instrucciones con respecto al expediente.

A continuación, el tribunal destaca que, dado que el demandante ostenta los derechos de propiedad intelectual del material educativo, según lo establecido en el artículo 13 y el artículo 14 de la Ley de Derechos de Autor de 1957 (Copyright Act 1957), la ausencia inmediata de una orden de cese de actividad ilícita a los demandados, para evitar la continuidad del uso no autorizado de las obras protegidas, resultaría en un perjuicio irreparable al demandante.

En consecuencia, el tribunal emite como medida cautelar la prohibición a los demandados a descargar, cargar, almacenar, compartir, transmitir, vender, ofrecer en venta, almacenar o utilizar cualquier material del curso del demandante, en cualquier proveedor de servicios en línea con o sin conexión o páginas web de intercambio de archivos, de manera que resulte en la infracción de los derechos de autor del demandante.

 

Fuentes: El Tribunal Superior de Delhi (Jainemo Private Limited contra Rahul Shah y otros), Gobierno de la India (Ley de Derecho de Autor, 1957)

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