Internacional: Se presenta en la OMPI una propuesta para realizar un estudio sobre la remuneración de los creadores audiovisuales

  • 21 Dic, 2023
  • Silvia Pascua Vicente
AudiovisualAutoresOMPI

Silvia Pascua Vicente.

El 22 de noviembre de 2023, la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) en colaboración con la delegación de Costa de Marfil y la Sociedad de Autores Audiovisuales (SAA), solicitó ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) el desarrollo de un estudio jurídico y económico independiente sobre la remuneración justa para los guionistas y directores.

Según lo dispuesto en la propuesta, los guionistas y directores, entre otros, son fundamentales en el proceso creativo de la industria audiovisual. Sin embargo, la normativa de algunos países no regula un derecho irrenunciable de remuneración por la utilización de las obras o no cuentan con la condición de autores de la obra audiovisual. Por lo tanto, proponen realizar una evaluación de los derechos reconocidos en cada jurisdicción, la regulación de la relación contractual con los productores cinematográficos, las diversas formas de explotación de las obras y el papel de las entidades de gestión colectiva.

Derivado de lo anterior, el estudio se centrará en analizar la protección legal de los autores audiovisuales en todo el mundo y el impacto que tienen en el ejercicio de sus derechos y en su remuneración. Así mismo, se centrará en el derecho de estos autores a recibir una remuneración de forma continua por la explotación de sus obras en los distintos medios, especialmente por la puesta a disposición al público. Derivado de ello, tendrá como objetivo desarrollar una regulación que permita garantizar una remuneración adecuada.

Como recoge el comunicado de prensa, la CISAC ha presentado varios estudios de caso sobre la regulación y protección a los autores audiovisuales, con especial mención a la regulación establecida en América Latina, España, Italia y Polonia. En el caso de España, como informó el Instituto Autor, el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) reconoce como autores de la obra audiovisual al director-realizador, autores de argumento, adaptación y del guion o diálogos y a los autores de las composiciones musicales, creadas especialmente para la obra (art.87), así como la presunción de cesión de en exclusiva, a favor del productor, los derechos de explotación de la obra. Respecto a la remuneración equitativa por la explotación de sus obras, mediante la puesta a disposición, el alquiler comercial o la proyección en salas de cine, en España estos también son derechos irrenunciables e intransmisibles (art. 90.6) y se harán efectivos a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual (art. 90.7).

 

Fuentes: CISAC (La OMPI considerará la propuesta de nuevo estudio sobre la remuneración de los creadores audiovisuales apoyada por la CISAC), OMPI (Proposal for a study on the rights of audiovisual authors and their remuneration for the exploitation of their Works), Instituto Autor (Internacional: CISAC publica un estudio sobre el marco jurídico del sector audiovisual en Latinoamérica; Internacional: CISAC publica un estudio sobre el marco jurídico del sector audiovisual en España).

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