Italia: AGCOM aprueba el reglamento que establece las cuotas de programación e inversión en obras europeas
- 28 Mar, 2023

Italia: AGCOM aprueba el reglamento que establece las cuotas de programación e inversión en obras europeas
Silvia Pascua Vicente.
El 14 de diciembre de 2022, la Autoridad de Garantías de las Comunicaciones de Italia (Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni – AGCOM) aprobó el “Reglamento en materia de obligaciones de programación e inversión a favor de obras europeas y de obras de productores independientes” (Regolamento in materia di obblighi di programmazione ed investimento a favore di opere europee e di opere di produttori indipendenti).
Como informó el Instituto Autor, en diciembre de 2021, el Gobierno de Italia (Governo) promulgó el Decreto Legislativo No.208 que incluye la transposición de la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual). En este sentido, cabe señalar que la directiva incluye una disposición por la cual, los Estados miembros tendrán que velar para que el contenido de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual sea, al menos, un 30% europeo, así como la obligación de que estos prestadores de servicios inviertan en la producción de obras europeas.
Derivado de lo anterior, AGCOM ha publicado el reglamento en el que se establecen las obligaciones de programación e inversión de los prestadores de servicios. En este sentido, el art.4 establece que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual lineal sujetos a la jurisdicción italiana deberán reservar, más del 50% de su tiempo a la emisión de obras europeas (excluyendo informativos, eventos deportivos, juegos televisivos, publicidad, teletexto y televenta). Así mismo, el 16% debe reservarse obras europeas en italiano, también cabe destacar que el 10% de la programación debe ser acta para menores y adultos.
Por su parte, el art.5 del reglamento recoge las obligaciones de inversión de los servicios lineales establecidos tanto en Italia como los autorizados en otros Estados miembros de la Unión Europea que presten sus servicios en Italia. En este caso, los proveedores de servicios de medios audiovisuales lineales deben reservarse el 12.5% de sus ingresos para la creación de obras europeas producidas por productores independientes.
A continuación, los art.6 y 7 establecen las obligaciones de programación e inversión aplicables a los prestadores de servicios a petición. En este sentido, los proveedores no lineales sujetos a la jurisdicción italiana tienen la obligación de reservar el 30% de su catálogo a obras europeas recientes, del cual el 50% deberá corresponder con contenido en italiano. En el caso de la inversión en productores independientes, el porcentaje aumentará progresivamente desde el 17% en el año 2022 hasta el 20% en el año 2024.
Por último, el art. 8 y art.9 recogen las exenciones y excepciones que podrán solicitar los servicios de medios audiovisuales en relación con las obligaciones de programación e inversión.
En el caso de España, en julio de 2022, entró en vigor la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva de servicios de comunicación audiovisual.
Como informó el Instituto Autor, el titulo VI reúne las obligaciones de los servicios de comunicación audiovisual televisivos. En este sentido, el Capítulo III (Promoción de obra audiovisual europea y de la diversidad lingüística) regula en el art.115 que los prestadores de servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal deben reservar, al menos, el 51% del tiempo de emisión anual de su programación a obras audiovisuales europeas, de este porcentaje, al menos el 50% se reservará a obras en las lenguas oficiales del Estado o de las Comunidades Autónomas (CCAA). Mientras que, el art.116 determina que los prestadores de servicio de comunicación audiovisual a petición deberán reservar, al menos, el 30% de su catálogo a obras europeas, siendo al menos, el 50% a obras en lengua oficial del Estado o de las CCAA.
Fuentes: Observatoire européen de L’audiovisuel (Italy adopts new regulation on programming and investment obligations in favour of European works), AGCOM (Regolamento in materia di obblighi di programmazione ed investimento a favore di opere europee e di opere di produttori indipendenti), Instituto Autor (Italia: El Gobierno promulga el Decreto Legislativo nº.208 que transpone la Directiva 2018/1808 de servicios de comunicación audiovisual; España: Entra en vigor la Ley 13/2022 General de Comunicación Audiovisual), Boletín Oficial del Estado (Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual).