Malawi implementa el sistema de compensación equitativa por copia privada
- 28 May, 2019
Luis Mª Benito Cerezo.
El 15 de abril de 2019 entró en vigor en Malawi la reforma la Ley de Propiedad Intelectual (Copyright Act No 26 de 2016), cuya principal novedad es la introducción de un sistema para el pago de la compensación equitativa por copia privada. Desde la Ley de propiedad intelectual de 1989 – artículo 10 de la Copyright Act de 1989 – hasta su última reforma en 2016 – artículo 38 Copyright Act No 26 de 2016 – Malawi había venido regulado el límite de copia privada sin prever una compensación por las copias privadas realizadas al amparo del mismo.
Tras la reforma de la Ley de propiedad intelectual, los fabricantes e importadores de dispositivos de almacenamiento digital estarán obligados al pago de la compensación (artículo 102). La tarifa que deberán abonar será acordada por el Ministerio de Finanzas, previa consulta al Ministerio de Cultura.
Las cantidades recaudadas en concepto de compensación por copia privada – artículo 103.3 de la Ley – serán recaudadas por la Copyright Society of Malawi (COSOMA), la única entidad autorizada legalmente en el país para gestionar derechos de propiedad intelectual (artículo 4 y 5) que correspondan a “autores, artistas, traductores, productores de fonogramas, entidades de radiodifusión y editores”.
Así mismo, tal y como establece el artículo 101.1 de la Ley, COSOMA deberá abonar las cantidades recaudas al Fondo de Derechos de Autor (The Copyright Fund), que serán destinadas a la promoción de la creatividad y los talentos artísticos, la preservación de la identidad cultural de Malawi, el mantenimiento de procedimientos contra infractores de la propiedad intelectual y la educación cívica, de acuerdo a la establecido en el artículo 99 de la Ley.
Según informan los medios de prensa del país, la reforma de la ley ha sido aprobada tras un intenso debate entre COSOMA, defendiendo los derechos de los autores, y la ICT Association of Malawi, representando los intereses de las empresas tecnológicas, que se opuso al nuevo derecho de remuneración incluso a través de una campaña masiva en los medios de comunicación. En este debate intervino la CISAC, publicando una declaración en favor de la compensación por copia privada, destacando sus ventajas para los creadores y señalando que la compensación por copia privada no supone un aumento significativo de los costes del sector tecnológico.
Asimismo, la declaración de CISAC puso como ejemplo a la Unión Europea, donde la remuneración por copia privada ha sido reconocida como un derecho legítimo por numerosas sentencias del TJUE (STJUE Padawan, asunto C‑467/08, STJUE Thuiskopie, asunto C‑462/09, STJUE Amazon, asunto C‑521/11, STJUE Reprobel, asunto C‑572/13, STJUE Microsoft, asunto C‑110/15, entre otras). Con el reconocimiento de este derecho, Malawi se une a una creciente lista de países africanos que han implementado un sistema de compensación por copia privada en sus ordenamientos jurídicos, entre los que se incluye Argelia, Burkina Faso, Botsuana, Ghana, Túnez, Cabo Verde y Marruecos.
En enero de 2019, el Instituto Autor publicó un artículo en el que analizaba las principales novedades legislativas y judiciales, tanto a nivel nacional como a nivel internacional, en relación con la compensación equitativa por copia privada.
Fuentes: CISAC, Music in Africa, The Nation, COSOMA, WIPO,Estudio global sobre la copia privada de la CISAC (Private Copying Global Study)