México: El Senado ratifica el Tratado de Beijing sobre interpretaciones y ejecuciones audiovisuales
- 13 Abr, 2022
Silvia Pascua Vicente.
En marzo de 2022, el Latin Artis – organización no gubernamental de ámbito iberoamericano compuesta por las entidades de artistas del sector audiovisual de América Latina – informó de la ratificación del Senado de la Republica de México del Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
En relación con el Tratado de Beijing, como informó el Instituto Autor, entró en vigor el 28 de enero de 2020, tras la ratificación de Indonesia. El Tratado fue adoptado durante la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales celebrada en Beijing en el año 2012, siendo necesaria la ratificación por parte de Estados parte.
En línea con lo anterior, el Tratado de Beijing tiene como propósito conceder a los artistas intérpretes o ejecutantes en el sistema internacional protección en el entorno digital, la cual se contempla en la Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión (1961) para los cantantes, los músicos, los bailarines y los actores que participan en las interpretaciones y ejecuciones audiovisuales; Así, como complementar las disposiciones del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), que en su día actualizó la protección de los artistas intérpretes y ejecutantes y los productores de fonogramas.
Al respecto, el Tratado fortalece los derechos patrimoniales exclusivos de reproducción, distribución, alquiler, radiodifusión y comunicación al público de los artistas, intérpretes y ejecutantes sobre las interpretaciones o ejecuciones fijadas en formato audiovisual. Así como los derechos morales, que les permitirá exigir que sean reconocidos como artistas intérpretes o ejecutantes e impedir la mutilación u otra modificación en sus interpretaciones o ejecuciones que perjudique su reputación.
Por su parte, como recoge el comunicado de prensa emitido por Latin Artis, la ratificación del Tratado supone la incorporación al derecho mexicano del derecho a una remuneración equitativa por la radiodifusión y comunicación al público de las interpretaciones o ejecuciones que se encuentren fijadas en grabaciones audiovisuales, “sin perjuicio de lo dispuesto en su legislación nacional en materia de telecomunicaciones, con relación a la obligación de los concesionarios de televisión restringida de retransmitir la señal de televisión radiodifundida”.
En cuanto a la regulación en España, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) reconoce a favor de los artistas intérpretes o ejecutantes un derecho de remuneración equitativa por la puesta a disposición al público de sus interpretaciones audiovisuales, tal y como recoge el art.108.3 del TRLPI.
Fuentes: Latin Artis (México ratifica el Tratado de Beijng), Gaceta del Senado (Dictámenes), Instituto Autor (OMPI: El Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales entrará en vigor el 28 de abril de 2020, Internacional: Entra en vigor el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales).